Boletines/General Villegas
Resolución Nº 308/17
General Villegas, 10/04/2017
Visto
El Expediente Nº 427/11, donde tramita la habilitación de un comercio, perteneciente al señor Daniel Alberto Rodríguez, dedicado a la explotación del rubro “Bar – Pizzería”, con fecha 4 de octubre de 2010, dentro de los alcances de la Ordenanza Nº 3738; y
Considerando
Que mediante Resolución Nº 329/13, se registró la habilitación provisoria del comercio, correspondiente al Contribuyente Nº 21022 (fojas 55 y 56).
Que mediante Actas de Constatación Nº 5248, realizada el 26 de agosto de 2016 y Nº 5331 de fecha 3 de septiembre de 2016, surge que el comercio se encontró cerrado en el momento de las visitas realizadas los días jueves 25 y viernes 26 de agosto de 2016 y sábado 3 de septiembre de 2016, respectivamente (fojas 103 y 104).
Que a fojas 106 interviene la Dirección de Asuntos Jurídicos, sugiriendo que se registre la baja del contribuyente, conforme lo dispuesto por Ordenanza Nº 1970.
Que el Departamento de Rentas interviene a fojas 112, informando que el contribuyente no registra deuda.
Que la Ordenanza Nº 1970/85, faculta al Departamento Ejecutivo a dar de baja a comercios pertenecientes a sociedades disueltas, o cuyos propietarios se hayan ausentado, desconociéndose su actual domicilio.
Que es necesario dar una solución que permita actualizar los Registros Municipales.
Que División Comercio e Inspección aduna anteproyecto de resolución registrando la baja del comercio a partir del día 26 de agosto de 2016 (fojas 113 y 114).
Que a fojas 116 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.
Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese la baja a partir del día 26 de agosto de 2016, del comercio perteneciente al señor Daniel Alberto Rodríguez – DNI Nº 28.872.723, Contribuyente Nº 21022, habilitado con el rubro “Bar – Pizzería”, denominación comercial “La Esquina”, Codificador de Rentas Nº 63100-04, NIS Nº 1050547-01 – T1G – Servicios Generales, con domicilio comercial en calle J. J. Paso Nº 900 de esta ciudad, en el inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción I, Sección A, Manzana 72, Parcela 1a, sin empleados en relación de dependencia; atento lo establecido por la legislación vigente y conforme a las constancias obrantes en el Expediente Nº 427/11.
ARTÍCULO SEGUNDO: Deléguese en la Secretaría de Comercio e Inspección General, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.
ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretarías de Comercio e Inspección General y de Seguridad, Dirección de Rentas, División Comercio e Inspección, División Centro de Cómputos, Catastro, Contaduría y Procesamiento de la Recaudación; cúmplase y archívese.