Boletines/Vicente López

Decreto Nº5500/19

Decreto Nº 5500/19

Vicente López, 13/12/2019

Corresponde al Expte N° 4119-002727/2019

Visto

El ArtIculo N° 42 del Decreto 2980/00, Reforma Administrativa Financiera en el Ambito Municipal (R.A.F.A.M.), el articulo 150 inc. b) del Reglamento de Contabilidad y el punto16 de Ia Resolución 635-08 Criterios prácticos de RAFAM del tItulo Cuestiones Contables.

Considerando

Que se hace necesarlo cumplir con lo normado en lo referente a los gastos comprometidos y no devengados al 31/12/2018 en donde los gastos que se encuentren en esta etapa, serán considerados gastos del ejercicio 2019, para lo cual se deberán reapropiar al mismo a través de un Decreto del Intendente ,en concordancia con lo dispuesto en el artIculo 42 del Decreto 2980/00 que indica que los gastos comprometidos y no devengados al 31 de diciembre de cada año se afectarán al ejercicio siguiente, imputándose a los créditos pertinentes disponibles para ese ejercicio, para lo cual deberá mediar decreto del Intendente.
Que de fojas 3 a fojas 18 se acompaña el listado de Ordenes de compra a reapropiar según cada fuente de financiación y Secretaria.
Que dicha documentación informa por número y nombre del proveedor, por Secretaria , por fuente, orden de compra, compromiso año 2018 (anterior) y compromiso 2019 (actual) y monto pendiente de cada una al 31/12/2018.

Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias,

DECRETA

ARTICULO 1: Convalidense todas las reapropiaciones de gastos comprometidos y no devengados al 31 de diciembre de 2018 realizadas durante el año 2019,conforme al detalle del ANEXO que forma parte del presente.
ARTICULO 2: Las reapropiaciones indicadas en el articulo primero ascienden a $ 571.666.238.76 (pesos quinientos setenta y un millones seiscientos sesenta y seis mil doscientos treinta y ocho con 76/100) distribuidos en las fuentes financieras correspondiente a para cada caso:

 

ARTICULO 3°: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda y Finananzas.
ARTICULO 4°: Tome conocimiento Ia Secretaría de Hacienda y Finananzas (Dirección General de Contaduría, y Ia Dirección General de Presupuesto). Las Secretaría General, de Gobierno y Legal y Técnica, de Salud, de Desarrollo Social, Planeamiento, Obras y Servicios Públicos, de Cultura y Turismo, de Educación, de Deportes, de Seguridad, de Ingresos Públicos, de Recursos Humanos, de Fiscalización y Control, de Tránsito, Transporte Público y Seguridad Vial, de Coordinación, de Modernización y Gobierno Digital y el Honorable Concejo Deliberante.
ARTICULO 5°: Dése a registro Municipal de Decretos, cúmplase, hágase saber y oportunamente archívese.

Fdo: Macri- Alvarez

Nota: Se publica sin anexo