Boletines/Vicente López
Ordenanza Nº 36843
Vicente López, 23/12/2019
Ref. Exptes. N°: 0868/2019 H.C.D.
4119-6269/2019 D.E.
VISTO: el proyecto de Ordenanza enviado por el D.E. homologando el "CONVENIO ENTRE AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO Y LA MUNICIPALIDAD DE VICENTE LÓPEZ", suscripto con fecha 31 del mes de julio de 2018 entre las partes, con Registro N° 318/18 de fecha 31/07/18, siendo el objeto la entrega del remanente de tierras de la Armada Argentina y el corrimiento de la línea de ribera, y;
CONSIDERANDO: que, dentro del marco de la Resolución N° 41/05 del Ministerio de Defensa, homologada por la Ordenanza Municipal N°22.174 de fecha 03/11/2005, se gestiona ante el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires el corrimiento de la línea de ribera, a fin de generar indicadores urbanísticos necesarios para poder llevar a cabo un Polo Educativo, obras viales y espacios verdes de uso público para mejorar la zona y la calidad de vida de los vecinos de esta comuna.
Que, por lo expuesto precedentemente y a fin de crear el marco pertinente para ejecutar las soluciones planteadas, es menester contar con los instrumentos normativos necesarios, resultando fundamental la intervención de este Honorable Concejo Deliberante en la convicción de que la presente Ordenanza beneficia a los intereses de la comuna y los ciudadanos por lo cual se solicita dar curso favorable al presente proyecto.
Que, este Cuerpo Deliberante resulta competente para intervenir en esta cuestión en virtud de lo dispuesto en el Art. 41° de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA
ARTICULO 1°.- HOMOLÓGASE el "CONVENIO ENTRE AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO Y LA MUNICIPALIDAD DE VICENTE LÓPEZ", suscripto con fecha 31 del mes de julio de 2018 entre las partes, con Registro N° 318/18 de fecha 31/07/18; siendo el objeto del mismo la entrega del remanente de tierras de la Armada Argentina y el corrimiento de la Línea de ribera, a fin de generar indicadores urbanísticos necesarios para poder llevar a cabo un Polo Educativo, obras viales y espacios verdes de uso público para mejorar la zona y la calidad de vida de los vecinos de esta comuna.
ARTICULO 2°.- El exordio forma parte de la presente Ordenanza.
ARTICULO 3°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VICENTE LÓPEZ A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.-
Fdo: Sandá-Zito
Nota: Se publica sin anexo