Boletines/Vicente López
Ordenanza Nº 36777
Vicente López, 05/12/2019
Ref. Exptes. N° 0816/2019 H.C.D.
4119-3997/2019 D.E.
VISTO: Homologando Convenio suscripto en fecha 1° de octubre de 2019 entre la Facultad de Arquitectura, Diseño y Urbanismo de la Universidad de Buenos Aires y el Municipio de Vicente Lopez, y;
CONSIDERANDO: Que el objeto de este Convenio la Asistencia Técnica y el Asesoramiento Técnico por parte de la Facultad de Arquitectura, Diseño y Urbanismo "FADU", a la Municipalidad, en aquellos temas relacionados con las incumbencias de las carreras dictadas en la "FADU".
Que, a los efectos de programar, organizar, dirigir y supervisar las actividades que deriven de la aplicación del presente Convenio, se crea una Unidad de Coordinación.
Que, será responsabilidad de la "FADU" desarrollar la Asistencia Técnica y el Asesoramiento Técnico de las Actividades que se acuerden, dirigiendo y coordinando las actividades que en cada caso se especifiquen en los Programas de Actividades.
Que, será responsabilidad de la Municipalidad, la provisión de todos aquellos elementos organizativos necesarios para la realización de los Programas de Actividades.
Que las tareas a que dará lugar el presente Convenio deberán ser implementadas en Convenios Específicos.
Que, la vigencia del presente será por el término de 4 (cuatro) años a partir del momento de su firma, venciendo el mismo al finalizar su plazo de duración.
Que, las partes observarán en sus relaciones el mayor espIritu de colaboración y las mismas se basarán en los principios de buena fe y cordialidad en su atención a los fines perseguidos en comisión con la celebración del presente acuerdo.
POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA
ARTICULO 1°: HOMOLOGASE el Convenio suscripto con fecha 10 de octubre de 2019 entre la Facultad de Arquitectura Diseño y Urbanismo de la Universidad de Buenos Aires y el Municipio de Vicente López, con el objeto de establecer un vínculo entre ambas instituciones con el fin de abordar temáticas desde el ámbito académico sobre la ciudad de Vicente López, todo ello en el marco de la corriente de trabajo transversal en pos de enriquecer los contenidos que puedan llegar a producirse a través del asesoramiento académico.
ARTICULO 2°: El exordio forma parte de la presente Ordenanza.
ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VICENTE LOPEZ A LOS VEINTIUN DÍAS
DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.-
Fdo: Sandá- Zito
Nota: Se publica sin anexo