Boletines/Daireaux
Decreto Nº 1077/19
Daireaux, 25/10/2019
Visto
La solicitud de adelanto de haberes formulada por diversos agentes municipales, a través de la Dirección de Personal y elevadas para su evaluación con fecha 25 de Octubre de 2018, y
Considerando
Que el adelanto de sueldo no debe considerarse de alguna manera crédito o financiamiento, dado que el agente recibe un porcentaje de su ingreso mensual de manera anticipada y no de manera adicional a su haber establecido, estando contemplado por la doctrina del H. Tribunal de cuentas el cual establece que los adelantos pueden otorgarse siempre y cuando la suma a efectivizar corresponda al período del mes trabajado;
Que dicha situación ha sido acreditada por la Certificación de haberes devengados extendida por la Dirección de Personal, acompañada por ficha de cada agente;
Por ello
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE DAIREAUX, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
D E C R E T A
ARTICULO 1º. Abónese a los agentes que se mencionan, afectados a la prestación de servicios en dependencias de la Jurisdicción 1110105000 Secretaría de Salud Pública – programa 16 Hospital Dr. Pedro M. Romanazzi, la suma que para cada caso se consigna, en concepto de adelanto de haberes del mes en curso:
ARTICULO 2º. Otorgase a las agentes: Leiva Rosana Maria Gabriela – Legajo Nro. 2186 – DNI Nro. 26.514.375 –, y Cepeda Silvia – Legajo Nro. 1840 – DNI Nro. 16.715.505 - con prestación de servicios en dependencias del Centro Cívico y Administración central respectivamente, la suma de Pesos dos mil ($2000.00) en el primer caso, y Pesos mil ($1000.00) en el segundo de ellos, en concepto de adelanto de haberes del mes en curso (Jurisdicción 1110102000 Secretaria de Gobierno – Programa 01 Relaciones con la comunidad) .-
ARTICULO 3º. Abónese al agente Garcia Angel Luis – Legajo Nro. 1915 – DNI Nro. 22.422.911 - el monto de Pesos dos mil ($2000.00) en concepto de adelanto de haberes, quien se encuentra afectado a la Jurisdicción 1110107000 Secretaria de Obras y Servicios Públicos – Programa 19 Conservación Via Publica, revistiendo con carácter permanente.-
ARTICULO 4º. Pase a la Contaduría Municipal y Tesorería sucesivamente a los efectos que proceder según se ordena.--
ARTICULO 5º. COMUNIQUESE, TOMEN RAZON QUIENES CORRESPONDA, REGISTRESE Y ARCHIVESE.-