Boletines/Daireaux

Decreto Nº1039/2019

Decreto Nº 1039/2019

Daireaux, 18/10/2019

Visto

El fallecimiento en actividad del agente Torrilla Juan Fernando – Legajo Nro. 1012 – DNI Nro. 20.849.304 - ocurrido el día 29 de Agosto de 2019, dando lugar al dictado del Decreto Municipal nro. 940/2019; y

Considerando

Que con fecha 03 de Septiembre de 2019 se instrumenta Expediente Administrativo Nro. 4022-9868/19, por el que la Sra. Rojas Delia Beatriz solicita el pago del Subsidio por fallecimiento a que da lugar la normativa vigente;

 

Que de Fs. 03 a Fs. 5 se acompaña documentación testimonial que acredita que la citada se encontraba en unión convivencial con el extinto durante 7 siete (7) años hasta el momento de su fallecimiento;

 

Que a Fs. 19 se expide la Asesoria Legal informando que resulta improcedente la efectivización del subsidio por fallecimiento a la Sra.  Rojas Delia Beatriz, por cuanto el Decreto Ley Nro. 9507/80 – Articulo 2º - texto según ley 9614 enuncia de forma taxativa quienes pueden ser beneficiarios del subsidio que nos ocupa, estableciendo en su parte pertinente 2do. párrafo “… En el supuesto de que el fallecimiento no dejare cónyugue supérstite, en condiciones de percibir el beneficio , éste se abonará por partes iguales a los hijos y no habiéndolos a los padres…”

 

Que cónyuge son aquellos que se encuentran unidos por legítimo matrimonio, por lo que la acreditación de unión convivencial no se encuentra alcanzada por la normativa indicada en forma precedente;

 

Que ante lo expuesto y en cumplimiento con la normativa se solicita a Dirección de Personal informe si el extinto cuenta con hijos  y/o padres en vida, a lo que responde acompañando documentación que acredita la existencia de la figura materna Sra. Torrilla Marta Susana – DNI Nro. 10.179.901 – adjuntando a Fs. 26 Acta Nro. 165 de nacimiento del fallecido, no contando con hijos que lo hereden;

 

Que el Artículo 2º del Decreto Ley Nro. 9507/80 dispone en su párrafo primero “El importe del subsidio por fallecimiento será equivalente a diez (10) veces el sueldo “asignado a la categoría inferior del Agrupamiento Personal Administrativo del Régimen “para el personal de la Administración Pública de la Provincia, dependiente del Poder “Ejecutivo….”;

 

Que a Fs.14 a Fs. 16  la Dirección Provincial de Economía Laboral del Sector Público de la Provincia de Buenos Aires emite informe , bajo el Nro. NO-2018-32621252-GDEBA-DPELSPMEGP,  del cual surge que el monto para la categoría 4 del Agrupamiento Personal Administrativo con treinta (30) horas semanales de labor, vigente al período Mes de Julio/19 a Septiembre/19 asciende a Pesos cinco mil doscientos cincuenta y tres con cuarenta y un centavos ($ 5.253,41);

 

Que en consecuencia el Subsidio por Fallecimiento a que da lugar el Decreto-Ley 957/80 debe efectivizarse a su progenitora Sra. Torrilla Marta Susana – DNI Nro. 10.179.901;

 

Por ello

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE DAIREAUX, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

 

D  E  C  R  E  T  A 

ARTICULO 1º. Abónese el Subsidio por Fallecimiento del agente  Torrilla Juan Fernando – Legajo Nro. 1012 – DNI Nro. 20.849.304 - normado en la Ley 9507/80 – Articulo 2º -, por un importe total de Pesos cincuenta y dos mil quinientos treinta y cuatro con diez centavos ($ 52.534,10) a la beneficiaria del mismo: Sra. Torrilla Marta Susana – DNI Nro. 10.179.901 – tal lo acreditan las actuaciones obrantes en Expediente Administrativo Nro. 4022-9868/19.--

 

ARTICULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente impútese de la siguiente manera: Jurisdicción 1110107000 Secretaria de Obras y Servicios Públicos – Programa 19 Conservación Via Pública – Partida 1.6.0.0. “ beneficios y Compensaciones” – Fuente de Financiamiento: 110 Tesoro Municipal, del Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos 2019.-

 

ARTICULO 3º.  Agréguese al Expediente Administrativo Nro. 4022-9868/19 y gírese a la Contaduría Municipal y Tesorería sucesivamente.-

 

ARTICULO 4º.  COMUNIQUESE, TOMEN RAZON QUIENES CORRESPONDA, REGISTRESE Y ARCHIVESE.-