Boletines/General San Martín

Decreto Nº1525/19

Decreto Nº 1525/19

General San Martín, 11/09/2019

Visto

El Expediente  Nº 11862-S-2019, la Ley Orgánica de las Municipalidades  Nº 6.769/58 y el Decreto Ley Nº 2980/00, y

Considerando

Que  a Fs. 1  obra Solicitud de Pedido Nº 3-2900-186 contemplando la adquisición de "Una Torre de Endoscopia"

Que  a  Fs.  7 obra  Solicitud  de  gasto  Nº 0-4705,  contemplando dicho registro presupuestario en su etapa preventiva para el ejercicio 2019

Que   de   Fs.  9  a   18   obra   Pliego   de   Bases   y  Condiciones Generales, y Particulares  que regirán para el presente acto licitatorio .

Que  a  Fs. 20  obra  intervención  del  Departamento   de  Asuntos Legales y Control Licitatorio el cual no encuentra objeción legal al mismo

Por ello, el Señor  Intendente  Municipal  del  Partido  de  General San Martin, en uso de las atribuciones que le son propias:

DECRETA

ARTICULO  1º:  Llámase a  Licitación  Pública Nº 36/19  para  la adquisición  de "Una Torre de Endoscopia" con destino al Servicio  de Endoscopia del Htal. Municipal "Dr. Diego E. Thompson", según expediente Nº 11862-S-2019  por un presupuesto  total de pesos tres millones  cuatrocientos sesenta  y dos mil cien  ($ 3.462.100,00).-

ARTICULO  2º: La  venta  de  los  respectivos Pliegos  de  Bases  y Condiciones, estará a disposición  de  los  interesados  en  la Sede  del  Edificio Municipal,  Dirección de Compras  - 2° Piso - a partir  de la  respectiva  publicación  y hasta el día un día antes de la fecha de apertura.-

ARTICULO 3°: La fecha para la apertura de los sobres de las ofertas se llevara a cabo a partir del décimo  quinto día corrido,  a contar  de la fecha del registro del presente Decreto, en la  Sala de Licitaciones  Secretaria  de  Economla  y Hacienda.-

ARTICULO 4°: Fijase como valor del Pliego para su  adquisición  en la suma de pesos  tres mil  cuatrocientos sesenta y dos con diez  centavos ($3.462, 10).-

ARTICULO 5°:  Efectúense  las  publicaciones  pertinentes  en  el  Boletín Oficial y demás medios, de conformidad al régimen legal.-

ARTICULO 6°: El  presente  Decreto será refrendado por  los Señores Secretarios de Salud, y de Economía y Hacienda.-

ARTICULO 7º: Dése Registro y realícense las publicaciones de ley. Gírese a las Secretarias de Salud y de Economía y Hacienda (Dír. de Compras) para proseguir su conocimiento y pertinente intervención.  Cumplido, archívese.-