Boletines/General San Martín
Decreto Nº 1524/19
General San Martín, 11/09/2019
Visto
El Expediente Nº 12504-S-2019, la Ley Orgánica de las Municipalidades Nº 6769/58 y el Decreto Ley Nº 2980/00, y
Considerando
Que de Fs. 1 a 2 obra Solicitud de Pedido Nº 3-2900-342 contemplando la adquisición de "Un Sistema de Digitalización de Imágenes por Radiología Computada"
Que de Fs. 11 a 12 obra Solicitud de gasto Nº 0-5105, contemplando dicho registro presupuestario en su etapa preventiva para el ejercicio actual 2019.
Que de Fs. 13 a 25 obra Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares que regirán para el presente acto licitatorio.
Que a Fs. 27 obra intervención del Departamento de Asuntos Legales y Control Licitatorio el cual no encuentra objeción legal al mismo.
Por ello, el Señor Intendente Municipal del Partido de General San Martín, en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTICULO 1º: Llámase a Licitación Pública Nº 37/19 para la adquisición de "Un Sistema de Digitalización de Imágenes por Radiología Computada" con destino al Servicio de Diagnóstico por Imágenes del Htal. Municipal "Dr. Diego E. Thompson", según expediente Nº 12504-S-2019 por un presupuesto total de pesos tres millones seiscientos veintiún mil doscientos ($ 3.621.200,00).-
ARTICULO 2°: La venta de los respectivos Pliegos de Bases y Condiciones, estará a disposición de los interesados en la Sede del Edificio Municipal, Dirección de Compras - 2° Piso - a partir de la respectiva publicación y hasta el día un día antes de la fecha de apertura.-
ARTICULO 3°: La fecha para la apertura de los sobres de las ofertas se llevara a cabo a partir del décimo quinto día corrido, a contar de la fecha del registro del presente Decreto, en la Sala de Licitaciones Secretaria de Economía y Hacienda.-
ARTICULO 4°: Fijase como valor del Pliego para su adquisición en la suma de pesos tres mil seiscientos veintiuno con veinte centavos ($3.621,20).-
ARTICULO 5°: Efectúense las publicaciones pertinentes en el Boletín Oficial y demás medios, de conformidad al régimen legal.-
ARTICULO 6°: El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Salud, y de Economía y Hacienda.-
ARTICULO 7º: Dése Registro y realícense las publicaciones de ley. Gírese a las Secretarias de Salud y de Economía y Hacienda (Dir. de Compras) para proseguir su conocimiento y pertinente intervención. Cumplido, archívese.-