Boletines/Rauch

Decreto Nº880/19

Decreto Nº 880/19

Rauch, 06/09/2019

Visto

La nota enviada por la Sra. Secretaria de Desarrollo Social, Psp. Adriana Isabel Chiclana.

La Ley Orgánica de las Municipalidades; y

Considerando

Que, en la nota referida se informa sobre la necesidad de otorgar un subsidio a distintas personas que no cuentan con recursos económicos estables y suficientes para solventar los gastos de energía eléctrica, asimismo,  las familias de los beneficiarios, no poseen los recursos económicos necesarios para ayudarla a paliar la difícil situación que atraviesan.

Que, es prioritario dar respuesta a la comunidad atendiendo las necesidades de familias con escasos recursos económicos, en pos de una mejor calidad de vida contemplando la salud y el bienestar general.           

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Rauch, en uso de las facultades que le son propias:

D E C R E T A.-

Artículo 1ro.- Concédese, por el término de un mes, un subsidio no reintegrable a las personas que a continuación se detallan por el monto que en el presente se determina, puntualizando su responsable de cobro.

               

Apellido y Nombre

Domicilio

Motivo

Importe

Nº Enc.

Resp. Cobro

DNI

Adane, Elba Ester

Avellaneda s/n°

N.B.I.

$1,500.00

3061

Adane, Elba Ester

5,672,862

Alegre, Marta Mabel

P. Petriz  485

N.B.I.

$1,500.00

1862

Alegre, Marta Mabel

28.741.880

Almandoz, Silvina

Bº 40 Viviendas 110

N.B.I.

$ 1,000.00

196

Almandoz, Silvina

23,322,576

Bonavetti, Marina del Valle

220 y Rodríguez

N.B.I.

$2,000.00

2948

Bonavetti, Marina del Valle

27,568,579

Bramajo, Graciela

Lavalle 961

N.B.I

$2,000.00

3215

Faccio, Abigail

35,334,784

Dobal, Gisela

S. Peña 230

N.B.I.

$1,000.00

1510

López, Elba Estela

17,210,378

Freccero, Carla Lucrecia

Aveleyra 72

N.B.I.

$700.00

2855

Freccero, Carla Lucrecia

32.815.009

Vela, Luis Ernesto

Castelli 242

N.B.I.

$1,550.00

1205

Vela, Luis Ernesto

5,333,076

Villate, María Cristina

Prol. Alte. Brown

N.B.I.

$1,650.00

714

Villate, María Cristina

16,475,408

 

Artículo 2do.- El presente Decreto será refrendado por el Jefe de Gabinete, la Secretaria de Desarrollo Social, y el Secretario de Planificación, Gobierno y Hacienda.-

 

Artículo 3ero.- Cúmplase, comuníquese, tomen conocimiento las Oficinas Municipales que corresponda y dése al Libro de Decretos.-

 

Fdo. Dr. Gustavo Javier Palazzo – Jefe de Gabinete.

Fdo. Psp. Adriana Isabel Chiclana – Secretaria de Desarrollo Social.

Fdo. Cr. Victoriano Cano Kelly – Secretario de Planificación, Gobierno y Hacienda.

Fdo. Cr. Roberto Maximiliano Suescun – Intendente.