Boletines/Brandsen
Decreto Nº 1522
Brandsen, 05/09/2019
Visto
Visto el Expte. 4015-25.306/19, por el cual Vecinos del Barrio “Los Naranjos” solicitan un subsidio para poder realizar la extensión de la red de gas, y;
Considerando
Que a fs. 1 obra en el escrito introductorio por parte de los vecinos del Barrio de Los Narajos que la suscriben, la solicitud de un subsidio de pesos treinta un mil doscientos ochenta ($31.280,00) para cada uno;
Que la suma mencionada ut supra correspondería a los gastos que le ocasiona la obra de la extensión de la red de gas natural que se tramita mediante el Proyecto 02-015724-00-19, que llevará adelante la firma CONSTRUCCIONES COPPOLILLO, y ya ha sido aprobada por la empresa distribuidora de gas natural de nuestra localidad CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A;
Que a fs. 21 dictaminó el Sr. Subsecretario Legal y Técnico de la Municipalidad indicando: “Sra. Directora de Despacho y Digesto: Vienen las presentes actuaciones a esta Subsecretaria a fin de emitir opinión con relación a la solicitud de un subsidio presentado por distintos vecinos del Barrio Los Naranjos de Brandsen. Del análisis del pedido y la documentación no encuentro objeciones legales a que se otorgue a los vecinos el subsidio solicitado en los términos del art. 276 de la LOM. Sin perjuicio de ello, deberán rendir cuentas documentada de la inversión del dinero, adjuntando con carácter previo a la entrega del dinero el contrato con la empresa, detalle de la obra, monto y plazo de ejecución, acreditando también en su momento con él los recibos respectivos, el pago de la obra a la empresa, así como su finalización (art. 131 sgts. y conc. del Reglamento de Contabilidad). Por último, el decreto otorgando el subsidio, deberá contener el plazo de rendición del mismo (art. 133 del Reglamento de Contabilidad), bajo apercibimiento de reclamar el reintegro de las sumas otorgadas a cada uno de los beneficiarios. SUBSECRETARIA LEGAL Y TECNICA, SUBSECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA, Septiembre 05 de septiembre de 2019”;
Que a fs. 22 se expidió de modo favorable la Contaduría Municipal, en cuanto a la decisión del otorgamiento del subsidio;
Que la falta de rendición de cuentas constituye una causa para privar a la entidad remisa del derecho a percibir nuevos beneficios (Art. 132 Regl. Contabilidad y Adm. Municipal), y Art. 51 Decreto 2980/00, ratificado por Ley 13.295;
Que en razón de ello, se considera razonable otorgar el presente subsidio, dictando para ello el presente acto administrativo;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BRANDSEN
ARTÍCULO 1º.- Otórguese un subsidio de pesos treinta un mil doscientos ochenta ($31.280,00) a los vecinos del Barrio Los Naranjos que se detallan en el Anexo I que forma parte integrante del presente, para ser utilizado en la obra de extensión de la red de gas natural.-
ARTÍCULO 2º.- Establézcase y notifíquese a los beneficiarios que los mismos deberán presentar copia de contrato con la empresa, detalle de obra, monto y plazo de ejecución y acreditar los recibos respectivos del pago de la obra para rendir cuentas del monto otorgado, con perjuicio del reclamo del reintegro de las suma a cada uno de los beneficiarios (Art. 133 Reglamento de Contabilidad).-
ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento del artículo anterior, será imputado a Jurisdicción: 3000 – Categoría Programática: 36.06 – F.F. 110.-
ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Hacienda y Administración y de Salud y Desarrollo Social.-
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese a quien corresponda, dése al Registro Oficial y cumplido, archívese.-