Boletines/General Pueyrredon
Ordenanza Nº 24385
General Pueyrredon, 25/11/2019
ORDENANZA
Expediente D.E.: 10049-4-2019
Expediente H.C.D.: 2065-DE2-19
Nº de registro: O-18722
Fecha de sanción: 14/11/2019
Fecha de promulgación: 25/11/2019
Decreto de promulgación: 3000-19
ORDENANZA Nº 24385
Artículo 1º.- Convalídase el Decreto nº 271/19 dictado por la Presidencia del Honorable Concejo Deliberante, mediante el cual se autorizó a la Subsecretaría de Empleo del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, los cortes de tránsito vehicular para la realización de la tercera edición de la “Feria Conectamos Trabajo”, que tuvo lugar el 1° de octubre de 2019 en el Museo MAR de la ciudad de Mar del Plata.
Artículo 2º.- Comuníquese, etc.-
Tonto Sáenz Saralegui
Vicente Arroyo
Decreto nº 271
Mar del Plata, 27 de septiembre de 2019.-
VISTO:
El Expte. 2065-D-19 mediante el cual se gestiona la autorización a la Subsecretaría de Empleo del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, del corte de tránsito para la realización de la tercera edición de la “Feria Conectamos Trabajo”; y
CONSIDERANDO:
Que dicho evento se llevará a cabo el 1º de octubre en el Museo MAR y corte de tránsito vehicular previsto es entre las 9 y las 20 horas.
Que los ejes centrales de la “Feria Conectamos Trabajo”, en su tercera edición serán la promoción del empleo y de la oferta formativa regional. Contará con espacios de vinculación entre empresas y ciudadanos, en donde se promoverán ofertas laborales concretas; talleres de capacitación sobre temáticas laborales brindadas por especialistas y espacios de consulta con distintos organismos públicos nacionales y provinciales.
Que varios señores concejales han prestado acuerdo para el dictado del presente acto administrativo.
Por ello y ad referéndum del H. Cuerpo, el PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE:
DECRETA
Artículo 1º.- Autorízase a la Subsecretaría de Empleo del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, los cortes de tránsito vehicular sobre las calles Ricardo Gutiérrez y Concepción Arenal el día 1º de octubre de 2019, de 9 a 20.00 horas, para la realización de la tercera edición de la “Feria Conectamos Trabajo”, que tendrá lugar en el Museo MAR de la ciudad de Mar del Plata.
Artículo 2º.- Previo al inicio de la actividad, deberá acreditarse la contratación de los seguros pertinentes, manteniendo indemne a la Municipalidad por cualquier concepto que se deba a un tercero como consecuencia del desarrollo de la actividad autorizada o al mismo Municipio, por daños y perjuicios que eventualmente se pudieren ocasionar, en razón de la realización y puesta en marcha de la actividad.
Artículo 3º.- El Departamento Ejecutivo llevará a cabo el control del tránsito vehicular, garantizando el normal desenvolvimiento del mismo.
Artículo 4º.- Previo al inicio de la actividad, las estructuras autorizadas deberán contar con las inspecciones y aprobación de los Departamentos de Bromatología, dependiente de la Secretaría de Salud y Operativo, dependiente de la Subsecretaría de Inspección General, a efectos de garantizar los aspectos bromatológicos y acreditar las condiciones de seguridad del lugar. En caso de no cumplimentarse alguno de los mismos se procederá a no otorgar y/o dar de baja el permiso.
Artículo 5º.- Déjase establecido que en el caso de utilizar repertorio musical deberán abonarse, previa iniciación de las actividades, las contribuciones correspondientes a las asociaciones, sindicatos o entidades gremiales que agrupen a músicos, autores, compositores, intérpretes, coreógrafos o cualquier otra que pudiera corresponder (ARGENTORES, Variedades, S.A.D.A.I.C., A.A.D.I.C.A.P.I.F., etc.).-
Artículo 6º.- Deberá mantenerse la limpieza del sector. Una vez finalizada la acción autorizada deberán restituir el espacio público cedido en las mismas condiciones en que lo recibiera, retirando, si correspondiere, en forma inmediata los elementos utilizados.
Artículo 7º.- El organizador queda exento del pago de la totalidad de los gravámenes municipales contenidos en las Ordenanzas Fiscal e Impositiva y que devengan de la acción autorizada en la presente.
Artículo 8º.- El presente se dicta ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante.
Artículo 9º.- Comuníquese, etc..-