Boletines/General Pueyrredon
Resolución Nº 3691/19
General Pueyrredon, 17/12/2019
Visto
la presentación realizada por la Sra. Gabriela Marín, y,
Considerando
Que se solicita la Declaración de Interés Cultural del 4º Concurso y Muestra Nacional de Acuarelas, organizado por la Asociación Civil sin fines de lucro Acuarelistas Argentinos, a realizarse del 17 al 27 de diciembre de 2019 en el Centro Cultural Estación Terminal Sur de nuestra ciudad.
Que el objetivo del evento es difundir y fomentar el desarrollo de esta actividad artística.
Que la Inauguración de la Muestra se llevará a cabo el día 17 de diciembre del corriente año a las 18:00, y la misma se podrá visitar de lunes a domingo de 15:00 a 21:00.
Que la realización del 4º Concurso y Muestra Nacional de Acuarelas representa una propuesta enriquecedora y significa un gran aporte al crecimiento cultural del Partido de General Pueyrredon.
Por ello, en uso de sus atribuciones,
EL SECRETARIO DE CULTURA
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º.- Declarar de Interés Cultural la realización del 4º Concurso y Muestra Nacional de Acuarelas, organizado por la Asociación Acuarelistas Argentinos, a realizarse del 17 al 27 de diciembre de 2019 en el Centro Cultural Estación Terminal Sur de nuestra ciudad.
ARTÍCULO 2º.- La declaración de Interés a la que hace referencia el artículo 1º, no exime a los solicitantes de los derechos por publicidad y propaganda previstos en la Ordenanza Impositiva Vigente, así como los derechos administrados por SADAIC, AADI CAPIF y/o ARGENTORES, toda vez que corresponda.
ARTICULO 3°.- La entidad organizadora se obliga a mantener indemne al Municipio de General Pueyrredon por cualquier concepto que se deba a un tercero o a la misma Municipalidad, por daños o perjuicios que eventualmente se pudieren producir a los mismos o a sus bienes en razón de la realización y puesta en marcha de las actividades mencionadas en la presente Resolución, en razón de la responsabilidad civil que surja de los artículos 118, 160, 200, 275, 278, 490, 833, 850, 852,1040, 1042, 1376, 1749, 1751, 1785, 1786, 1788 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación, incluyendo también gastos, honorarios y costas del demandante. La responsabilidad mencionada puede encontrar su causa en cualquier circunstancia que tenga que ver con la realización de la actividad mencionada, ya sea por hecho propio de La institución o bien de sus dependientes o de las cosas que se sirve o que están a su cuidado.
ARTICULO 4º.- Registrar por el Departamento de Legislación y Documentación y notificar por la División Coordinación Administrativa de la Secretaría de Cultura.
CB/slb.-
BALMACEDA