Boletines/General Pueyrredon
Decreto Nº 3322/19
General Pueyrredon, 13/12/2019
Visto
VISTO: la realización en nuestra ciudad del acto de lanzamiento de la temporada, “Mar del Plata Levanta el Telón 2019/2020”, a llevarse a cabo el día 20 de diciembre de 2019 en el Torreón del Monje, y
Considerando
Que en virtud del inminente inicio de la temporada estival y ratificando el compromiso de que Mar del Plata viva un verano exitoso que redunde en beneficio de todos, es que se realizara el acto de lanzamiento de la temporada, desde un lugar ícono para la ciudad como lo es el Torreón del Monje, invitando a participar del mismo a todos los sectores turísticos y, especialmente a la colonia artística, deportiva y cultural que elige a Mar del Plata cada año.
Que se dispondrá de una recepción para aproximadamente ochocientas personas, lo que se constituirá en una valiosa herramienta promocional para la ciudad que servirá no sólo para presentar la cartelera de espectáculos, sino también para remarcar la importancia de Mar del Plata como ciudad de veraneo por excelencia de los argentinos.
Que para ello se prevé una importante acción de prensa para mostrar los atractivos que la ciudad de Mar del Plata tiene para ofrecer, entre ello importantes compañías artísticas que vendrán con sus obras a los teatros de la ciudad.
Que ésta será la primera vez que se concretará un acontecimiento de tal magnitud en nuestra ciudad. Para tal fin se prevé la realización no solo de la tradicional foto con todos los elencos que harán verano en la ciudad, sino también la presentación de la temporada con todos sus matices: artistas, actores, productores, deportistas, cantantes, entre otros.
Por todo ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1°: Declárase de Interés Municipal la realización en nuestra ciudad de “Mar del Plata Levanta el Telón 2019/2020”, acto de lanzamiento de la temporada, el que se llevará a cabo, el día 20 de diciembre de 2019 en el Torreón del Monje, en mérito a lo expresado en el presente exordio.
ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Gobierno.
ARTÍCULO 3º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, comuníquese y a sus efectos, intervenga el Ente Municipal de Turismo.
BONIFATTI MONTENEGRO