Boletines/General Belgrano

Ordenanza Nº84/2019

Ordenanza Nº 84/2019

General Belgrano, 20/11/2019

VISTO:

Expediente 4041-D-5050/2019, que tramitó la Licitación Privada N° 4/2019 para la adquisición de un ECOGRAFO DOPPLER COLOR para el Hospital Municipal “Juan E. de la Fuente”, en el marco del Convenio firmado con el Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación, y

CONSIDERANDO:

Que en virtud de hacerse presente sólo la empresa  UJHELYI, CLAUDIO DANIEL – CUIT: 20-14842493-5, en la apertura de dicha Licitación, cumpliendo la misma con los requisitos solicitados en el Pliego de Bases y Condiciones, las actuaciones fueron giradas al Honorable Concejo Deliberante, quien sancionó la Ordenanza 53/19, autorizando al Departamento Ejecutivo a adjudicar la Licitación Privada N° 4/2019 a la firma mencionada, por la suma de pesos un millón doscientos noventa y ocho mil setecientos sesenta ($ 1.298.760.-), por considerarla de evidente conveniencia a los intereses del estado municipal, en el marco del Artículo N° 155° de la Ley Orgánica de las Municipalidades.-

Que a fojas 135, la Empresa SERVIMED de UJHELYI, CLAUDIO DANIEL, realiza una presentación donde manifiesta que le resulta imposible cumplir con la oferta realizada oportunamente, debido a la devaluación sufrida por la moneda argentina en los últimos meses.

Que declara que el cambio de valor del DÓLAR ESTADOUNIDENSE impactó de lleno en su actividad, atento que los equipos médicos son importados y cotizan en esa moneda.

Que además, con el fin de dar cumplimiento al proceso de adjudicación, ofrece en reemplazo del equipamiento ofertado, la entrega de un ecógrafo que cumple la totalidad de las condiciones exigidas en el pliego licitatorio, pero de menor valor al ofrecido oportunamente,  por ser de otra marca más económica.

Que elevadas las actuaciones a la Dirección del Hospital Municipal, ésta manifiesta a fojas 139, que dado que el equipo ofrecido cumple con las exigencias técnicas requeridas en el pliego, y que de acuerdo a las condiciones económicas y financieras actuales y que por los montos establecidos no sería posible adquirir otro equipo, considera que el equipamiento ofrecido cumpliría los requisitos técnicos necesarios para el Hospital.

Que a fojas 140 la Asesoría Legal y Técnica dictamina que de acuerdo a la situación planteada, resulta de evidente conveniencia de aceptar la modificación propuesta por la firma oferente fue certificada por la Dirección del Hospital Municipal, a lo cual se debe agregar que de no aceptarse esa oferta y aún aplicando la nueva doctrina del Honorable Tribunal de Cuentas en relación a que ante situaciones como las actuales habilita de manera excepcional y debidamente fundamentada, el procedimiento establecido por el artículo 156 inciso 10) de la Ley Orgánica de las Municipalidades; difícilmente se pueda satisfacer el interés público perseguido de contar con el ecógrafo y en caso de hacerlo sería a un precio mucho mayor, lo que resultaría un perjuicio para el erario municipal por aplicación de un excesivo rigor formal.

Que además entiende que resulta jurídicamente viable la aceptación de la modificación del bien ofertado por la firma SERVIMED indicando que si el Departamento Ejecutivo lo considera de evidente conveniencia, deberá solicitarse la autorización del Honorable Concejo Deliberante para el cambio de equipamiento.

Por ello, y

Atento al despacho de las comisiones que fuera aprobado por Unanimidad,

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades, sanciona con fuerza de:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: : Autorizar al Departamento Ejecutivo a aceptar la modificación del equipo de ecografía ofertado por la firma SERVIMED - UJHELYI, CLAUDIO DANIEL – CUIT: 20-14842493-5, en reemplazo del equipamiento adjudicado a través de la Ordenanza N° 53/19, por los motivos expuestos en los considerandos y por considerarlo de evidente conveniencia a los intereses municipales.-

ARTICULO 2°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, para su conocimiento y efectos.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A VEINTE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECINUEVE.-