Boletines/Balcarce
Decreto Nº 0672/18
Balcarce, 12/03/2018
Visto
El Contrato suscripto entre la MUNICIPALIDAD DE BALCARCE y el Sr. ALFREDO HORACIO GIMENEZ, DNI 11.426.491, domiciliado en calle 9 Nº 341, de la ciudad de Balcarce, mediante el cual se le encomienda realizar conforme pliego de bases y condiciones en el marco de la Licitación Pública Nº 1/18, el transporte del cincuenta por ciento (50%) del ltem 2 (Recorrido 2), traslado de alumnos del Centro Educativo Complementario y Escuela Especial Nº 502, a escuelas del distrito y posterior traslado de regreso a dichos establecimientos, conforme artículos 4° del Decreto de adjudicación Nº 618/18, y
Considerando
Que debe dictarse el acto administrativo aprobando dicho Contrato.
Que el Contrato se extiende desde el día 12 de marzo de 2018 al 31 de diciembre de 2018, todo ello de acuerdo al pliego de bases y condiciones de la Licitación Pública· Nº 1/18.
Que por Decreto Municipal Nº 0618 de fecha 8 de marzo de 2018 se procedió a la adjudicación correspondiente.
Que la Contaduría Municipal ha tomado la intervención que le compete.
Que corresponde dictar el acto administrativo, aprobando el citado Contrato,
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BALCARCE, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades y sus modificatorias;
DECRETA
ARTICULO 1°: Apruébase el contrato suscripto entre la Municipalidad de Balcarce, con el Sr. ALFREDO HORACIO GIMENEZ, DNI 11.426.491, domiciliado en calle 9 Nº 341, de la ciudad de Balcarce, mediante el cual se le encomienda realizar conforme pliego de bases y condiciones en el marco de la Licitación Pública Nº 1 /18, el transporte del cincuenta por ciento (50%) del ltem 2 (recorrido 2), traslado de alumnos del Centro Educativo Complementario y Escuela Especial Nº 502, a escuelas del distrito y posterior traslado de regreso a dichos establecimientos, por la suma de Pesos Cuatrocientos Veintidós Mil Quinientos ($422.500,00.-), conforme artículos 4°, del Decreto de adjudicación Nº 618/18.
ARTICULO 2° El gasto que demande lo establecido en el Artículo Primero deberá imputarse a la siguiente partida del Presupuesto General de Gastos de la Administración Central vigente:
Jurisdicción: 1110102000- Secretaria de Gobierno
Categoría Programática: 01.01.00
Fuente de Financiamiento: 133- de Origen Nacional
Afectación: 11.4.11.00 - Fondo Educativo
Imputación del Gasto: 3.5.1.0- Transporte $ 422.500,00.-
ARTICULO 3°: Cúmplase, publíquese, comuníquese a las Secretarías Municipales, Contaduría, Tesorería, Registración Contable, Interesados y dése copia al Registro Oficial.
Firmado: Reino - Stoppani