Boletines/Coronel Suárez
Ordenanza Nº 6663/17
Coronel Suárez, 24/05/2017
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°.- Créase el Programa “Coronel Suárez Música” el - - - - - - - cual se realizará en el lugar determinado por el Departamento Ejecutivo, en la Ciudad de Coronel Suárez, a llevarse a cabo el primer sábado posterior al día 22 de noviembre de cada año, oportunidad en la cual se conmemora internacionalmente el día de la música.
ARTÍCULO 2°.- El programa objeto de la presente consiste en - - - - - - crear y organizar un festival de música en Vivo de artistas y grupos locales, regionales y nacionales, con más la creación de circuito, dentro del festival, de espacios gastronómicos y artesanales de venta al público.
ARTÍCULO 3°.- Encomiéndese al Departamento Ejecutivo la - - - - - - reglamentación del presente programa, especialmente la convocatoria de los artitas musicales locales, regionales y nacionales que tengan interés en participar del festival, como así también a los comerciantes, productores, artesanos e instituciones locales, para la conformación del circuito gastronómico comercial. La inscripción al programa será gratuita.
ARTÍCULO 4°.- Podrán participar del circuito gastronómico - - - - - - - comercial las instituciones y asociaciones de bien público de este distrito.
ARTÍCULO 5°.- El Departamento Ejecutivo podrá convenir con - - - - - - - empresas privadas el “padrinazgo” y auspicio del Festival.
ARTÍCULO 6°.- El Departamento Ejecutivo deberá promocionar, - - - - - - - difundir y coordinar el presente programa.
ARTÍCULO 7°.- Créese la distinción "Carmencita Marcos" del - - - - - - - Partido de Coronel Suárez, figura con la que se galardonará a aquellos artistas musicales que por su desempeño en el ámbito musical (voz, canto, escritura, educación, interprete, etc.) lo merezcan a criterio del Departamento Ejecutivo.
ARTÍCULO 8°.- El Departamento Ejecutivo Municipal a través - - - - - - - del área municipal correspondiente, arbitrará las medidas necesarias para proceder a la entrega anual de las distinciones correspondientes en la oportunidad en que se lleve a cabo el programa “Coronel Suárez Música” también creado por la presente ordenanza.
ARTÍCULO 9°.- La propuesta para instituir la distinción - - - - - - - indicada en el artículo anterior podrá solicitarla cualquier vecino o institución de bien público, acreditándose sumariamente los extremos requeridos, previo despacho de la Comisión de Jurados que se creará mediante la reglamentación de la presente a cargo del Departamento Ejecutivo Municipal. El contenido de la nominación y el texto de la certificación que acredite la misma, será establecido en dicha reglamentación y consistirá en la entrega de un diploma honorífico y también en la colocación de una placa conmemorativa en la sede de la Escuela Municipal de Música del Distrito.
ARTÍCULO 10°.- Regístrese, comuníquese al Departamento - - - - - - - - Ejecutivo, cúmplase y oportunamente archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL SUÁREZ A LOS VEINTICUATRO DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.-