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Decreto Nº2876/19

Decreto Nº 2876/19

General Pueyrredon, 30/10/2019

Visto

el presente actuado por el que se tramita la Licitación Pública Nº 39/19 para la ejecución de la obra pública “AMPLIACION DE  AULA  EN ESCUELA PROVINCIAL E.E.S. Nº 3”;   y

 

Considerando

Que a fojas 2/72, 82/132  obra la documental que como presupuesto legal dispone la Ley Orgánica de las Municipalidades (art. 136 y ccdantes ) y Dto. Pcial. 2890/00 para convocar el presente llamado.

 

Que a fs. 134, 135 y 136 se han expedido la Secretaría de Obras Publicas y Planeamiento Urbano, la Secretaría de Economía y Hacienda, la Subsecretaría Legal y Técnica y la Contaduría Municipal.

 

Que en virtud del presupuesto establecido y lo prescripto por el artículo 133º de la LOM, corresponde realizar el procedimiento de Licitación Pública.

 

Que el presente llamado se encuentra alcanzado por las disposiciones de la Ley 15.022 de Emergencia en Materia de Infraestructura, Hábitat, Vivienda y Servicios Públicos, por adhesión municipal mediante Decreto Nº 532/19.

 

Por todo ello y en virtud de las facultades que le son propias,

 

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL

 

D E C R E T A

ARTÍCULO 1°.- Llámase Licitación Pública Nº 39/19 para la ejecución de la obra pública “AMPLIACION  DE AULA EN ESCUELA PROVINCIAL E.E.S. Nº 3”, con un presupuesto oficial de PESOS CUATRO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO  MIL DOSCIENTOS  ($4.358.200,00), cuya apertura se realizará el día  __19/12/19___a las _11_ horas en la Sala de Licitaciones de la Dirección General de Contrataciones.

 

ARTÍCULO 2°.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones obrante a fojas 82/132 de estas actuaciones y póngase a disposición de los interesados para retirar de la Dirección General de Contrataciones o en la página web oficial del Municipio  sin cargo.

 

ARTÍCULO 3°.- Dése a publicidad en el Calendario de Licitaciones de la pagina Web de Municipio www.mardelplata.gob.ar y  por tres (3) días en un diario o periódico local.  También comuníquese el llamado a la Cámara Argentina de la Construcción (filial Mar del Plata) y al Centro de Constructores y Anexos de Mar del Plata.

 

ARTÍCULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Obras  y Planeamiento Urbano y de Economía y Hacienda.

 

ARTÍCULO 5°.- Regístrese,  comuníquese,  publíquese  y  para  las  notificaciones y demás efectos que correspondan, intervengan la 

Dirección General de Contrataciones, la Dirección de Obras Públicas, el Departamento de Prensa y Difusión y la Tesorería Municipal.

SLD/mpc

 

                            DE PAZ                            OSORIO                    ARROYO