Boletines/General Pueyrredon

Resolución Nº3569/19

Resolución Nº 3569/19

General Pueyrredon, 03/12/2019

Visto

el estado de las presentes actuaciones, que tramitan por Expediente N 10784-N-1965, Cuerpo 0 Alcance 3, caratulado:  “65 NUCCI  ANTONIO – CONST. FALUCHO 5104“; y

Considerando

Que estas actuaciones han sido dispuestas mediante Resolución Nº 769/2019 de la Secretaría  de Gobierno, la que luce agregada a fs.30, a fin de deslindar responsabilidades del caso conforme lo establecido por el artículo 132º de la Ordenanza General 267/80.

 

Que a fs. 1 a 17 constan en copia simple antecedentes de documentación obrante en el expediente extraviado Nº 10784-N-1965 Cpo.0 Alc.1.

 

Que a fs. 18 a 27 se agrega en copia simple notas emitidas por todos los Departamentos que componen la Dirección General de Inspección General, dando cuenta del resultado negativo que arrojó la búsqueda del expediente extraviado.

 

Que abierta la investigación sumarial a fs.34, la Dirección Sumarios ordena agregar a estas actuaciones listado de pases internos del Expediente extraviado Nº 10784-N-1965 Cuerpo 0 Alc.1, asimismo se ordena librar Oficio a la División Mesa General de Entradas.

 

Que a 36/37 se agrega Oficio contestado por la División Mesa General de Entradas, adjuntando copia de la boleta original del pase del expediente extraviado, de donde surge que el mismo fue recepcionado en la Dirección de Inspección General por la agente Stefanía Torres Ebel, con fecha 19 de marzo de 2018.

 

Que a fs.40 y vta., obra declaración testimonial de la agente Stefanía Torres Ebel, Legajo nº 33.602/1.

 

Que a fs. 44 se agrega nota remitida por el Departamento de Coordinación y Técnico de la Dirección General de Inspección General, informando a la Dirección Sumarios que el expediente extraviado, cuya desaparición es investigada en estas actuaciones, ha sido hallado como resultado de un arqueo de expedientes llevado a cabo por el Departamento Habilitaciones de esa Dirección en el mes de junio del corriente año (2019).

 

Que analizados los elementos colectados, no se encuentran motivos para continuar con la investigación ordenada, más aún, en cuanto se informa que ha desaparecido la causa que diera origen a la formación del presente sumario administrativo.        

                                                      

 Que la Dirección Sumarios a fs. 45/46  en razón de lo expresado, no surgiendo de estas actuaciones elementos que permitan demostrar y justificar reproche disciplinario, aconsejó el sobreseimiento Definitivo de las presentes actuaciones a tenor de lo establecido por el art. 35º inc. c) de la Ley 14.656.

 

Que la Junta de Disciplina a fs. 49 adhiere por unanimidad lo aconsejado por la Dirección Sumarios a fs. 45/46.

 

Por ello,  en uso de las facultades delegadas mediante Decreto Nº 1500/16

EL SECRETARIO DE GOBIERNO

R E S U E L V E

 

ARTÍCULO 1º.- Dar por finalizado el presente sumario administrativo.

 

ARTÍCULO 2º.- Sobreseer definitivamente las presentes actuaciones por aplicación de lo previsto por el art. 35º inc. c) de la Ley 14.656, y art. 103º ap. III). inc. a) del Decreto 4161/96 reglamentario de la Ley 10430 – éste último por aplicación analógica y los principios generales del derecho, conforme dictamen de la Asesoría General de Gobierno expediente Nº 4061-1008230/16.

 

ARTÍCULO 3º.- Registrar, dar al Boletín Municipal, comunicar por la Dirección de Personal.

Sll/     

 VICENTE