Boletines/General Pueyrredon
Resolución Nº 3624/19
General Pueyrredon, 06/12/2019
Visto
el estado de las presentes actuaciones, por las cuales tramita el presente sumario administrativo dispuesto por Resolución 2757, de fecha 7 de noviembre de 2018, del Sr. Secretario de Gobierno, a los fines de deslindar responsabilidades a raíz del extravío del expediente Nº 10619-D-1978 Cpo.0 Alc.1, cuyo último movimiento es su radicación en la Dirección General de Inspección General con fecha 25 de octubre de 2013, y
Considerando
Que a fs. 01 de estas actuaciones obra, en copia simple, solicitud de búsqueda exhaustiva del expediente Nº 10619-D-1978 Cpo.0 Alc.1 por parte del Sr. Héctor Daniel Del Saz, de fecha 6 de agosto de 2018, la cual había sido solicitada previamente por la firma Talleres de Servicios Integrales S.R.L, el día 15 de marzo de 2018, según surge a fs.02 del presente sumario administrativo.
Que a fs. 3/21 obra copia de la documentación referente a expediente Nº 10619-D-1978 Cpo.0 Alc.1, presentada con fecha 19 de septiembre de 2018 en la Dirección General de Inspección General, a los fines de proceder a la reconstrucción del mismo, por parte del contribuyente Talleres y Servicios Integrales S.R.L, que consta de : 1) Croquis de habilitación; 2) Planes de Construcción; 3)Solicitud de Uso de Suelo; 4) Fotocopia de Cartón de Uso de Suelo; 5) Impuestos Municipales del Local; 6) Pagos Sellados de inicio de trámite; 7) Constancia de Cuenta de Tasa de Seguridad e Higiene y fecha de emisión de la misma; 8) Estatuto Social y Acta de designación de Autoridades; 9) Captura de pantalla de la cual surge que dicho expediente se encuentra en Inspección General pendiente de la obtención de Certificado.
Que a fs.36 la División Administrativa del Departamento de Habilitaciones solicita a los Departamentos Operativo; Seguridad Industrial y Comercial; Nocturnidad; Higiene Acústica; R.e.B.A; Publicidad; Coordinación y Técnico y Control de Espacio Público la búsqueda exhaustiva del expediente de habilitación Nº 10619-D-1978 Cpo.0 Alc.1, obteniendo como resultado la respuesta negativa de las citadas dependencias internas de la Subsecretaría de Inspección General, conforme se desprende de fs. 50/57 respectivamente de estos actuados.
Que a fs. 62 obra informe de la Dirección de Ordenamiento Territorial del cual surge que el expediente solicitado no se encuentra en la Dirección de referencia.
Que a fs.75 se agrega el listado del componente de pases del expediente Nº 10619-D-1978 Cpo.0 Alc.1, constando que el último pase fue su ingreso en la Dirección General de Inspección General con fecha 25 de octubre de 2013, lo cual es conteste con la copia certificada de comprobante de giro de expediente de fs.76, no resultando legible el receptor del expediente en cuestión.
Que de la copia certificada de pases internos de la Dirección de Inspección General surge que el expediente Nº 10619-D-1978 Cpo.0 Alc.1 figura en el Departamento Habilitaciones desde el 25 de octubre de 2013 y el 24 de septiembre de 2018 (fs.80) fue girado a Mesa de Entradas de Inspección General, lo cual podría llevar a la conclusión que el expediente fue hallado, si bien no consta un informe en tal sentido, y no obstante lo cual con posterioridad a esa fecha se dispone su reconstrucción.
Que en virtud de las consideraciones expuestas la Dirección Sumarios, a fs. 83 y vta. aconsejó el sobreseimiento Provisorio de estas actuaciones a tenor de lo establecido por el art.35º inc. c) de la Ley 14656 y art.103º ap. IV) inc.b) del Decreto 4161/96, reglamentario de la Ley 10430- este último por aplicación analógica y los principios generales del derecho, conforme dictamen de la Asesoría General de Gobierno expediente Nº 4061-1008230/16.
Que la Junta de Disciplina a fs.86 y vta. adhiere por unanimidad a lo aconsejado por la Dirección Sumarios a fs 83 y vta.
Por ello, en uso de las facultades delegadas mediante Decreto Nº
EL SECRETARIO DE GOBIERNO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º.- Dar por finalizado el presente sumario administrativo.
ARTÍCULO 2º.- Sobreseer provisoriamente las presentes actuaciones sumariales por aplicación del art. 35º Inc. c) de la Ley 14656 y art. 103º, inc. IV), ap. b) del Decreto 4161/96, reglamentario de la Ley 10430- este último por aplicación analógica y los principios generales del derecho, conforme dictamen de la Asesoría General de Gobierno expediente Nº 4061-1008230/16.
ARTÍCULO 3º.- Registrar, dar al Boletín Municipal, comunicar por la Dirección de Personal, y reservar el presente expediente en la Dirección Sumarios.
Sll/
VICENTE