Boletines/General Pueyrredon
Decreto Nº 2778/19
General Pueyrredon, 30/10/2019
Visto
VISTO el Acuerdo Salarial efectuado entre la Municipalidad del Partido de General Pueyrredon y el Sindicato de Trabajadores Municipales del Partido de General Pueyrredon, con fecha 31 de octubre de 2019; y
Considerando
Que a fojas 72 obra dicho acuerdo salarial, el que establece:
Que no se contempla el presente beneficio para el personal que se desempeña en el sistema de seguridad en playas, ya que el mismo cuenta con un régimen propio de remuneraciones el que ha sido tratado oportunamente.
Que la Secretaría de Gobierno elevara el acta obrante a fojas 72 y el Departamento Liquidación de Haberes ha intervenido a fojas 73.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º.- Otórgase una recomposición salarial para el año 2019 de acuerdo al siguiente detalle:
ARTÍCULO 2º.- Fíjanse las remuneraciones básicas y el Fondo Compensador del personal municipal de la Administración Central, Ente Municipal de Deportes y Recreación, Ente Municipal de Turismo, Ente Municipal de Vialidad y Alumbrado Público y Ente Municipal de Servicios Urbanos a partir del 1º de septiembre de 2019, según los Anexos I, II, III, IV respectivamente, que forman parte del presente decreto.-
ARTÍCULO 3º.- Fíjase el monto correspondiente a la Bonificación Especial Docente de carácter remunerativa y no bonificable que surge por equiparación al nivel 12 del escalafón municipal, conforme lo dispuesto por el artículo 9º del Decreto 2.272/18 en PESOS QUINIENTOS SETENTA Y CINCO CON 93/100 ($575,93).
ARTÍCULO 4º.- La Secretaría de Economía y Hacienda tomará los recaudos presupuestarios correspondientes, a efectos del cumplimiento del presente decreto.-
ARTÍCULO 5º.- El presente decreto será refrendado por los señores presidentes del Ente Municipal de Deportes y Recreación, el Ente Municipal de Turismo, el Ente Municipal de Servicios Urbanos, el Ente Municipal de Vialidad y Alumbrado Público y por los señores Secretarios de Economía y Hacienda y de Gobierno.-
ARTÍCULO 6º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, comuníquese por la Dirección de Personal e intervenga el Departamento Liquidación de Haberes.
LEITAO LOPEZ SILVA ZANIER OSORIO
VICENTE ARROYO