Boletines/General Pueyrredon

Decreto Nº2928/19

Decreto Nº 2928/19

General Pueyrredon, 20/11/2019

Visto

que  en el Parque Industrial de General Pueyrredon  se están realizando marcaciones de lotes  no autorizadas, y;

Considerando

Que el Parque Industrial de General Pueyrredon posee una superficie total de 260 hectáreas, de las cuales 94 hectáreas se constituyen en parcelas industriales, 7 hectáreas de reservas municipales, 57 hectáreas destinadas a forestación, 7 hectáreas a superficie vial y 95 hectáreas para futura ampliación; constituyéndose en el quinto Parque Industrial del país en superficie.

 

Que cuenta con infraestructura en permanente expansión y crecimiento, generadoras de actividad económica y empleo, que redundan en beneficio para la Comunidad.

 

Que conforme el Código de Ordenamiento territorial su uso se encuentra definido como PIM, siendo en consecuencia una zona destinada a la localización exclusiva de usos industriales incompatible con el uso residencial.

 

Que la Asociación Administradora del Parque Industrial de General Pueyrredon, (PIMDQ), realiza una presentación a la Secretaría de Desarrollo Productivo y Modernización, donde informa sobre la marcación no autorizada en terrenos de dominio municipal previstos para la radicación de industrias y solicita su intervención.

 

Que  se solicitó informe de inspección a la Dirección General de Obras Privadas, que ratifica las irregularidades mencionadas.

 

Que el predio es identificado catastralmente como Circ. 4, Secc. S, Quinta 10 y su titularidad es encabezada por la Municipalidad del Partido de General Pueyrredon.

 

Que retirar las marcaciones realizadas permitiría la protección del dominio municipal.

 

Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias,

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL

 

D E C R E T A

ARTICULO 1º.- Ordénase el retiro de toda marcación de terrenos en el predio identificado catastralmente como  Circ. 4, Secc. S,  Quinta 10 del  Parque Industrial General Savio, la que resulta identificada en el Croquis glosado a fs. 6  del Expediente Nº  11394-4-2019 Cpo.1  Alc. 00.

 

ARTÍCULO 2º: Encomiéndase a la Secretaría de Desarrollo Productivo y Modernización la implementación del operativo tendiente a concretar las tareas requeridas para la ejecución de lo dispuesto en el artículo precedente, dependencia que contará con facultades suficientes para establecer día y horario de realización de las diligencias respectivas, como así también para llevar adelante las acciones necesarias para instrumentar tal cometido.

 

ARTÍCULO 3º: A los fines de llevar a cabo el procedimiento para el retiro de marcaciones clandestinas y protección del dominio municipal, dése intervención al personal de la Secretaría de Desarrollo Productivo y Modernización, del Ente Municipal de Vialidad (EMVIAL) y de toda otra dependencia municipal que resulte competente en el tema.

 

ARTÍCULO 4º: Autorízase al personal municipal citado en el artículo precedente a requerir, en caso de ser necesario, el auxilio de la fuerza pública, en virtud de lo dispuesto por el art. 178 inc. 4 y ccdtes. de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

 

ARTÍCULO 5º: El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Desarrollo Productivo y Modernización.

 

ARTÍCULO 6º: Regístrese, dése al Boletín Municipal, comuníquese a las autoridades del Parque Industrial y a sus efectos intervengan la Secretaria de Desarrollo Productivo y Modernización y demás dependencias con incumbencia en la materia.

 

MACCHIAVELLO                                       ARROYO