Boletines/General Pueyrredon

Decreto Nº2785/19

Decreto Nº 2785/19

General Pueyrredon, 30/10/2019

Visto

el Decreto 3058/2017, y

Considerando

Que dicho acto administrativo, en su artículo 1º establece, que las horas extraordinarias de trabajo para cada agente de la Administración Central y de los Entes Descentralizados, no podrán superar un máximo de treinta (30) horas mensuales y doscientas (200) horas anuales.

                                                                                                                                                           

Que sin perjuicio de lo expuesto, la Secretaría de Cultura, dispuso un servicio especial durante el mes de Septiembre de 2019, el cual fue cubierto con horas extraordinarias por varios agentes de la Secretaría superando el tope de horas extras establecido mediante Decreto 3058/17.

 

Que las horas extras mencionadas en el párrafo precedente fueron realizadas por los agentes que a continuación se detallan y en las cantidades consignadas en cada caso:

  

Legajo

Nombre

Hs. 50%

Hs. 100%

19006/2

BERRA, Román Víctor

 

5

21137/1

LÓPEZ, Carlos María Walter

 

7

22506/1

GARCÍA, Marcelo Fabián

 

12

23532/3

PAEZ, Marcela Adriana

 

14

26123/1

ALVAREZ LOZZI, Nicolás Américo

 

8

 

Que los agentes ROMÁN VÍCTOR BERRA Leg. 19006/2; CARLOS MARÍA WALTER LÓPEZ Leg. 21137/1; MARCELO FABIÁN GARCÍA Leg. 22506/1 y NICOLÁS AMÉRICO ALVAREZ LOZZI Leg. 26123/1, todos ellos dependientes de la División Técnica de Programación (U.E.13-00-0-0-0-00), desarrollaron sus actividades a fin de atender servicios correspondientes al área técnica (iluminación y sonido) en días domingos en el mes de septiembre en el Centro Cultural Osvaldo Soriano.

 

Que la agente MARCELA ADRIANA PAEZ Leg. 23532/3, dependiente de la Dirección Museos y Centro Cultural Victoria Ocampo (U.E. 13-00-0-3-0-00) prestó servicios de CAJERA en el Museo Municipal de Arte “Juan Carlos Castagnino” en tres lunes del mes de septiembre, día que la agente correspondería que usufructúe su franco de servicio.

 

Que en esta instancia corresponde dictar el acto administrativo pertinente, que convalide el pago de las horas laboradas por los agentes mencionados, durante el mes de Septiembre de 2019, que superan el tope dispuesto por Decreto 3058/2017.

 

Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias

 

 

 

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL

 

D E C R E T A

ARTÍCULO 1º: Exceptúase del cumplimiento del Artículo 1º del Decreto 3058/17 durante el mes de Septiembre de 2019, al agente ROMÁN VÍCTOR BERRA (Legajo Nº 19.006/2) y reconócese el pago por excepción de CINCO (5) horas al 100%, laboradas en exceso de las doscientas horas extras autorizadas y liquidadas.

 

 

ARTÍCULO 2º: Exceptúase del cumplimiento del Artículo 1º del Decreto 3058/17 durante el mes de Septiembre de 2019, al agente CARLOS MARÍA WALTER LÓPEZ (Legajo Nº 21.137/1) y reconócese el pago por excepción de SIETE (7) horas al 100%, laboradas en exceso de las doscientas horas extras autorizadas y liquidadas.

 

 

ARTÍCULO 3º: Exceptúase del cumplimiento del Artículo 1º del Decreto 3058/17 durante el mes de Septiembre de 2019, al agente MARCELO FABIÁN GARCÍA (Legajo Nº  22.506/1) y reconócese el pago por excepción de DOCE (12) horas al 100%, laboradas en exceso de las doscientas horas extras autorizadas y liquidadas.

 

 

ARTÍCULO 4º: Exceptúase del cumplimiento del Artículo 1º del Decreto 3058/17 durante el mes de Septiembre de 2019, a la agente MARCELA ADRIANA PAEZ (Legajo Nº  23.532/3) y reconócese el pago por excepción de CATORCE (14) horas al 100%, laboradas en exceso de las doscientas horas extras autorizadas y liquidadas.

 

 

ARTÍCULO 5º: Exceptúase del cumplimiento del Artículo 1º del Decreto 3058/17 durante el mes de Septiembre de 2019, al agente NICOLÁS AMÉRICO ALVAREZ LOZZI (Legajo Nº 26.123/1) y reconócese el pago por excepción de OCHO (8) horas al 100%, laboradas en exceso de las doscientas horas extras autorizadas y liquidadas.

 

 

ARTÍCULO 6º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Cultura y de Economía y Hacienda.

 

 

ARTÍCULO 7º: Registrar, dar al Boletín Municipal, comunicar y dar intervención a la Dirección de Personal y al Departamento Liquidación de Haberes.

 

CR/sam

 

                            RABE                        OSORIO                    ARROYO