Boletines/General Pueyrredon
Decreto Nº 2726/19
General Pueyrredon, 24/10/2019
Visto
VISTO el Expediente 8800-2-2017, Cpo. 01 y el Decreto Nº 1843/17 mediante el cual se aprueba el Régimen General de Concursos, y
Considerando
Que mediante las presentes actuaciones se tramitó el llamado a concurso interno para la cobertura del cargo Suplente Solista Banda de Música, CF 3-20-00-03, Nº de Orden 5414, con 35 horas semanales, ejecutante de Saxofón en la Banda Sinfónica Municipal dependiente del Departamento de Organismos Artísticos de la Secretaría de Cultura.
Que cumplidas todas las instancias correspondientes del concurso, el mismo no ha contado con postulantes inscriptos.
Que en virtud de ello y atento a lo requerido por la Secretaría de Cultura en fs. 21 del presente, resulta necesario aprobar y declarar desierto el llamado a concurso interno y constituir el jurado que evaluará a los postulantes en un nuevo llamado a concurso abierto, dando participación a un veedor sindical.
Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el llamado a concurso interno efectuado mediante el Expediente Nº 8800-2-2017, Cpo. 01.
ARTÍCULO 2º.- Declárase desierto el concurso interno para la cobertura del cargo de Suplente Solista Banda de Música, CF 3-20-00-03, Nº de Orden 5414, con 35 horas semanales, ejecutante de Saxofón en la Banda Sinfónica Municipal dependiente del Departamento de Organismos Artísticos de la Secretaría de Cultura.
ARTÍCULO 3º.- Llámase a concurso abierto para cubrir el cargo de Suplente Solista Banda de Música, CF 3-20-00-03, Nº de Orden 5414, con 35 horas semanales, ejecutante de Saxofón en la Banda Sinfónica Municipal dependiente del Departamento de Organismos Artísticos de la Secretaría de Cultura.
ARTÍCULO 4º.- Desígnanse a los integrantes del jurado que tendrá a su cargo la evaluación del concurso autorizado en el artículo anterior:
TITULARES:
SUPLENTES:
ARTÍCULO 5º.- El Sindicato de Trabajadores Municipales podrá designar un veedor, conforme lo establecido en el Punto VIII del Decreto Nº 1843/17.
ARTÍCULO 6º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Cultura.
ARTÍCULO 7º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y por la Dirección de Personal efectúense las comunicaciones pertinentes. Cumplido, vuelva al Departamento Técnico de la Dirección de Personal.
RABE VICENTE ARROYO