Boletines/General Pueyrredon

Resolución Nº3570/19

Resolución Nº 3570/19

General Pueyrredon, 03/12/2019

Visto

las Leyes Provinciales N° 10743, N° 13688 y N° 10579; los Decretos Provinciales N° 1301/05 y N° 2299/11; el Régimen para el Personal Docente Municipal  -Ordenanza 20760-; los Decretos Municipales  N°1442/19, 2679/19 y 2790/19; y

Considerando

Que la Ley de Educación Provincial 13688 en su artículo 6” establece que “son responsables de las acciones educativas el Estado Nacional y el Estado Provincial en los términos fijados en el artículo 4º de la Ley de Educación Nacional. Podrán ejecutar acciones educativas bajo supervisión de la Provincia, de manera complementaria y no supletoria de la educación pública, los municipios, las confesiones religiosas reconocidas oficialmente y las organizaciones de la sociedad civil”.

 

Que se requiere unificar la aplicación de la normativa vigente evitando contradicciones con las prescripciones emanadas de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires en el carácter previsto en la Ley de Educación Provincial.

 

                                                      Que en el Escalafón Docente Municipal se contempla la figura del cargo de Secretario Técnico de Supervisión o Inspección (artículo 12° - inciso a - Item V Ordenanza 20760) con funciones homólogas a la del Secretario de Inspección previsto en el Escalafón Docente Provincial (Ley Provincial 10579) de la Dirección General de Cultura y Educación.

 

Que el 21 de junio de 2005 el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires puso en vigencia el Decreto 1301 determinando una jerarquización del cargo y función del Secretario de Inspección pasando a revistar como Inspector Jefe Técnico Administrativo a partir del 1 de enero del mismo año.

 

Que en el mismo plexo normativo se estableció que el cargo y función del Inspector Jefe Técnico Administrativo Distrital será ejercido por los, hasta ese entonces, Secretarios de Inspección.

 

Que en oportunidad de sancionarse la Ley de Educación Provincial 13688 en el año 2007, se definió la creación del cargo de Secretario de Asuntos Docentes Distrital como responsable de la supervisión técnico administrativa de los establecimientos educativos y la conducción de los asuntos docentes.

 

Que la Resolución 2450/07 de  la Dirección General de Cultura y Educación homologó a partir del 19 de julio de 2007 el cargo y función del Secretario de Asuntos Docentes Distrital con el cargo y función del Inspector Jefe Técnico Administrativo Distrital, en las mismas condiciones y con los mismos efectos de la homologación al Secretario de Inspección establecida por el artículo 3º del Decreto Nº 1301/05.

 

                                                         Que el 22 de noviembre de 2011, se pone en vigencia el Decreto N° 2299 (Reglamento General de las Instituciones Educativas de la Provincia de Buenos Aires) que norma en su artículo 280° que las instituciones educativas también serán supervisadas, conforme su materia, por los Secretarios de Asuntos Docentes

 

Que las actuales Secretarias Técnicas iniciaron un año después el reclamo de homologación en los mismos términos que la Provincia de Buenos Aires, teniendo en cuenta además de la cuestión salarial, funciones, competencias y jerarquización, el inconveniente que se les produce con la jubilación en virtud que el IPS y la DGCyE no reconocen el cargo eliminado de Secretario de Inspección. Esto sumado a la digitalización de los trámites, agrava la situación de los agentes municipales que desempeñan esa función.

 

Que asimismo, y merced a la lucha de los Secretarios de Asuntos Docentes que sumaron a los Inspectores en su reclamo, la Provincia de Buenos Aires estableció mediante el Decreto 1230 del 18 de diciembre de 2014 una bonificación por desempeño de los cargos de Inspector Jefe, Secretario de Asuntos Docentes e Inspector, que debido a que el Municipio no homologó el cargo de Director de Educación y Secretario Técnico de Inspección, éstos quedaron sin percibir esa suma que solo alcanzó a los Supervisores.

 

Que en virtud de lo expuesto, resultó  necesario y procedente homologar mediante Decreto 2790/19 el cargo de Secretario Técnico de Supervisión o Inspección con el de Secretario de Asuntos Docentes Distrital, jerarquizándolo en las mismas condiciones establecidas por la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, pasando a revestir como Supervisor o Inspector Jefe (artículo 12° - Inciso a – Item III Ordenanza 20760) y designando a las agentes titulares en su nuevo rol.

 

Que a tal fin se designó a María Alejandra BOCCHETTO como Supervisora Jefe a cargo de las cuestiones técnico administrativas de todos los establecimientos educativos municipales y a Emma Savina CAZZARO y Andrea Verónica PAVÓN como sus adjuntas en virtud de su revista Titular

 

     Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias,

 

EL SECRETARIO DE EDUCACIÓN

 

RESUELVE

ARTICULO 1º: Asignar las funciones y competencias determinadas para el cargo de Supervisor o Inspector Jefe  en el  artículo 27° del Decreto 1442/19 a la agente MARÍA ALEJANDRA BOCCHETTO, Legajo N° 20718 en los términos del Decreto 2790/19, a cargo de las cuestiones técnico administrativas y su supervisión en todos los establecimientos educativos municipales.

 

ARTÍCULO 2°: Determinar que las agentes EMMA SAVINA CAZZARO, Legajo N° 9377 y ANDREA VERÓNICA PAVÓN, Legajo N° 19085 se desempeñarán como Supervisoras o Inspectoras Jefe Adjuntas, acompañando la gestión de la Supervisora Jefe.

 

ARTÍCULO 3º: Establecer que cuando finalicen las funciones por bajas vegetativas de las agentes que ocupan los cargos de Supervisor o Inspector Jefe adjunto, las mismas  no serán   cubiertas por  otros agentes.

 

ARTÍCULO 4º: Determinar que, luego de establecer el cronograma anual de actos públicos y pautas de asambleas, la realización de los mismos estará a cargo de la División Actos Públicos

 

ARTÍCULO 5º: Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese.

 

                                                  

DISTEFANO