Boletines/General Pueyrredon

Resolución Nº3563/19

Resolución Nº 3563/19

General Pueyrredon, 03/12/2019

Visto

el expediente nº 11876/5/2019 cuerpo 01, relacionado con el predio ubicado en la calle Larrea esquina Las Heras,  designado catastralmente como Circ. 6, Secc. D Cod. 1, Manz. 350 K, Parcelas 4, 5 y 6, y

Considerando

Que a fs. 2 el Departamento Control del Espacio Público, de la Dirección General de Inspección General, en el marco del Programa Propietario Responsable Ordenanza 21291/13, realiza una inspección, con fecha 26 de septiembre de 2019, informando que dicho predio se encuentra en malas condiciones de higiene, atentando contra la salubridad pública.

 

Que a fs 9 a 11 obran Cédulas de Notificación, del día 26 de septiembre de 2019, intimando a los propietarios y/o  responsables del predio a proceder a su higienización.

 

Que a fs  12 a 14 obran Actas de Constatación nº 705539, nº 706530 y nº 706531, del día 11 de octubre de 2019, donde se observa que no ha habido modificaciones en la situación de insalubridad referida.

 

Que mediante  Acta de Inspección Nº B 004689, del 17 de octubre de 2019, se constató que no se dio cumplimiento al requerimiento efectuado, y el predio continúa en malas condiciones de higiene.

 

Que a fs 26 Acta de Inspección nº 010539, del 12 de noviembre de 2019, informa que en la parcela 4 se realizaron trabajos de mantenimiento e higienización, no así en las parcelas 5 y 6.

 

Que es deber del Estado Municipal garantizar condiciones de salubridad mediante el control continuo de la higiene de los terrenos baldíos y viviendas abandonadas y propender a facilitar las condiciones ambientales necesarias para que la ciudad se muestre ordenada y cuidada.

 

Que en ese sentido es que se debe emplazar a los propietarios a realizar acciones como la limpieza, el desmalezado, desratizado y desinfectado de sus predios, procediendo por administración en caso de negativa, con el objeto final e ineludible de mantener el cuidado del medioambiente, a fin de asegurar la salud de la comunidad.

 

Que ello es necesario a fin de conjurar los peligros que para la salubridad pública, conlleva la falta de higiene como la detectada y documentada en el presente caso,  con la finalidad de contribuir a la mejora del medio ambiente, así como a la salud y la calidad de vida de los ciudadanos.

 

Que la Dirección de Dictámenes de la Subsecretaría Legal y Técnica ha dictaminado a fs. 28 vta. que “(...) habiéndose constatado que se encuentra comprometida la salubridad publica,  siendo éste el único supuesto en que la Municipalidad se encuentra facultada a allanar domicilios de acuerdo al art. 108º inc. 5) de la L.O.M. y art. 24º de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires- correspondería propiciarse el dictado del acto administrativo que así lo disponga, al solo efecto de hacer cesar la afectación a la salubridad y seguridad pública aludida”.-

 

Que respecto a la parcela 4, dicha Dirección dictaminó que dado que “(…) el personal municipal competente ha querido manifestar que no hay actualmente afectación alguna a la salubridad y seguridad pública, consecuentemente no corresponde proceder al allanamiento…”

 Por ello, atento lo dictaminado por la Subsecretaría Legal y Técnica y conforme con las facultades delegadas mediante  Decreto nº 1500/16,

EL  SECRETARIO DE GOBIERNO

 

RESUELVE

 

ARTÍCULO 1º.- Disponer el allanamiento del predio ubicado en la calle Larrea esquina Las Heras,  designado catastralmente como Circ. 6, Secc. D Cod. 1, Manz. 350 K, Parcelas 5 y 6,  por los motivos expuestos en el exordio y a los efectos de proceder por administración a la realización de los trabajos de higienización con cargo al propietario o responsable, de acuerdo a las previsiones del art. 108º inc. 5) de la Ley Orgánica de las Municipalidades y art. 24º de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires.

 

ARTÍCULO 2º.- Requerir el auxilio de la fuerza pública, si resultara necesario, con miras al cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior.

 

ARTÍCULO 3º.- Registrar, dar al Boletín Municipal, comunicar y a los efectos que correspondan, tome intervención la Dirección General de Inspección General.

 

 

 

 

VICENTE