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Ordenanza Nº17-2019

Ordenanza Nº 17-2019

Castelli, 20/11/2019

ORDENANZA

Castelli, 20 de noviembre de 2019

 

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CASTELLI EN USO DE LAS FACULTADES OTORGADAS POR LA LEY ORGANICA DE LAS MUNICIPALIDADES, SANCIONA CON FUERZA DE

O R D E N A N Z A :

 

 

ARTICULO 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a suscribir Convenios, en el marco del “Programa Nacional para el estudio y la investigación de uso medicinal de la planta de Cannabis, sus derivados y tratamientos no convencionales, en la órbita del Ministerio de Salud”, creado por Ley 27.350, así como a realizar todas las gestiones necesarias para que el Municipio de Castelli obtenga la autorización para cultivar Cannabis a los fines del mencionado Programa.

 

ARTICULO 2º.- Realizada y Convalidada, en el seno de este Cuerpo, la firma de los Convenios autorizados en el artículo anterior. El Honorable Concejo Deliberante de Castelli, autoriza al Departamento Ejecutivo a desarrollar el primer “Cultivo Comunitario de Cannabis con fines medicinales y de investigación científica, bajo el cumplimiento de la Ley Nacional 27350/2017, su Decreto Reglamentario 728/2017; la Ley Provincial 14924. Así como también las Resoluciones 1537/2017 del Ministerio de Salud de la Nación y la Resolución 258/18 del Ministerio de Seguridad de la Nación. La presente autorización es siempre en el marco del estricto cumplimiento de toda normativa legal vigente que regule el tema en cuestión.-

 

ARTÍCULO 3º: De forma.-