Boletines/Pilar

Decreto Nº3658/19

Decreto Nº 3658/19

Pilar, 09/12/2019

CORRESPONDE AL EXPEDIENTE N° 11727/2019

Pilar,

Visto

Las actuaciones obrantes en el expediente municipal N° 4089-11727-2019, y

Considerando

Que, en el presente expediente la firma “EJP CONSTRUCCIONES SA.”, adjudicataria de La Licitación Privada N° 79/2019 para la obra de “INSTALACIÓN DE AIRE ACONDICIONADO EN LA ESCUELA PRIMARIA N° 41”, solicita mediante nota de fecha 24 de septiembre de 2019 agregadas a fs. 1 y 2, la aprobación de la re- determinación de los precios contractuales de la orden de compra n° 5250

Que, el reclamo presentado se fundamenta en virtud de la variación alcista de los costos, producidos por el incremento del tipo de cambio del dólar estadounidense operado en el mes de agosto de 2019

Que la demostración de la excesiva onerosidad sobreviniente ha quedado demostrada por la empresa mediante la presentación efectuada

Que fundamenta el derecho a la recomposición de precios invocando a su favor la teoría de la imprevisión, toda vez que el alza exorbitante e imprevisible de la cotización del dólar, deterioró de manera extraordinaria la ecuación económica-financiera

Que no debe perderse de vista que todo régimen de re-determinación de precios sobre los contratos de obras y servicios, implica la aplicación de los parámetros de la teoría de la imprevisión en tanto supone la ocurrencia de acontecimientos imprevisibles que se tornan excesivamente onerosos por hechos no mensurados al momento de la oferta y que supone la readecuación equitativa de las cargas compartidas entre la Administración y el contratista por aplicación de la teoría del esfuerzo compartido, sin que ello permita restablecer o garantizar íntegramente el mantenimiento de la ecuación económica-financiera original

Que la Secretaria de Economía y Hacienda en su dictamen agregado de fojas 27 a 29, concluye de manera objetiva que, de las constancias técnicas agregadas y el resultado obtenido en los Anexos 1 y II obrantes a fs. 25/26, resulta razonable y válido hacer lugar a la solicitud de aumento por mayores costos por la obra enunciada

Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico permanente del Departamento Ejecutivo

Que, en concordancia con lo recomendado por la Secretaria de Economía y Hacienda, corresponde dar curso a la pretensión de la firma “EJP CONSTRUCCIONES SA.” ajustada a $ 274.898,03 (pesos doscientos setenta y cuatro mil ochocientos noventa y ocho con 03/100) dado que objetivamente están dadas las condiciones para hacer operativa la teoría de la imprevisión

Que la presente re-determinación de precios se dispone en mérito a lo establecido por el artículo 12 del pliego de bases y condiciones generales.

Que, el dictado del presente se hace en uso de las facultades conferidas por el Artículo 108. inc. 17) del Decreto de Ley 6769/58.

Por ello;

El Sr. Intendente Municipal, en uso de sus atribuciones

DECRETA

Artículo 1: Dispónese la re-determinación del precio del contrato con la firma “EJP CONSTRUCCIONES S.A.”, adjudicataria de La Licitación Privada N° 79/2019 para la obra de “INSTALACIÓN DE AIRE ACONDICIONADO EN LA ESCUELA PRIMARIA NO 41” por orden de compra n° 5250, en el marco de la licitación privada n° 79/2019, tramitada por expediente n 5967/19 en la suma de $ 274.898,03 (pesos doscientos setenta y cuatro mil ochocientos noventa y ocho con 03/100)

Artículo 2: La erogación dispuesta precedentemente será imputada en la Jurisdicción 1.1.1.01.02.000, Fuente de Financiamiento 1.3.2., Categoría Programática 19, Unidad Ejecutora 177 y Objeto del Gasto 546.

Artículo 3: Dése al Registro Municipal, por la Dirección de Compras, notifíquese y, con las debidas constancias archívese.