Boletines/Pilar
Decreto Nº 3653/19
Pilar, 06/12/2019
Corresponde al Expediente Nº 712/2019 – 13621/19
Pilar,
Visto
La sanción de la ley nacional que establece la enseñanza del folklore en todos los niveles educativos, y
Considerando
Que los legisladores tanto del Senado como de la Cámara de Diputados de la Nación, aprobaron la ley que establece la enseñanza del folklore en todos los niveles educativos.
Que todos los educandos tienen derecho a recibir educación sobre el folklore, como bien cultural nacional, en los establecimientos educativos públicos, de gestión estatal y privada de las jurisdicciones nacional, provincial, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y municipal".
Que en su artículo dos, la ley explica que será el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología quien definirá, en consulta con el Consejo Federal de Educación, las pautas de incorporación de contenidos curriculares del folklore al nivel inicial, primario y secundario.
Que se resalta la importancia de establecer al folklore como, un bien cultural social.
Que es importante mencionar el amplio apoyo que recibió dicha ley, tanto de la Academia Nacional del Folklore, como así también de numerosas instituciones de importancia en el país, del periodismo especializado y de la comunidad artística toda.
Que es necesario avanzar y recuperar el folklore, para así recuperar el conjunto de las creencias, prácticas y costumbres que son tradicionales de nuestro pueblo o cultura.
Que al cultivar esta tradición desde la escuela vamos a recuperar nuestras raíces y la identidad.
Que es fundamental que los niños vayan conociendo nuestra identidad y nuestras tradiciones, las que no se limitan a la música y las danzas, sino que tiene que ver con los mitos, las leyendas, la gastronomía, las vestimentas, etc.
Que por ello el Honorable Concejo Deliberante se expide sancionando la Ordenanza Nº 147/2019.
Por ello;
El Sr. Intendente Municipal, en uso de sus atribuciones
DECRETA
Artículo Primero. = Promúlgase para su debido cumplimiento la Ordenanza Municipal Nº 147/2019, cuya parte dispositiva dice:
ARTÍCULO 1°: La Municipalidad Del Pilar adhiere a la ley nacional, que establece la enseñanza del folklore en todos los niveles educativos.
ARTICULO 2°: Pase a D.E., a sus efectos. Dada y sellada en el recinto de sesiones de este Honorable Concejo Deliberante, con fecha 28 de noviembre de 2019.
Artículo Segundo.= Dese al Registro Municipal, pase a Direccion de Cultura y Turismo, notifíquese y, con las debidas constancias archívese.