Boletines/Moreno
Decreto Nº 2297
Moreno, 06/11/2019
Visto y considerando
VISTO la vigencia de la Ordenanza Fiscal N° 6016/18 T.O. Año 2019, por la cual en su Libro 1º Capitulo VII “De la Extinción de la Obligación Fiscal”
CONSIDERANDO el contexto macroeconómico actual y en particular la situación económica y financiera del Municipio.
QUE es necesario estimular en los contribuyentes que demuestran voluntad de cumplimiento con sus deberes en la cancelación de deudas para con el Municipio esta conducta,
QUE en tal orden de ideas se estima es procedente reglamentar el Artículo 71° de dicha Ordenanza, a fin de adecuar los regímenes de facilidades de pago y actualizar la alícuotas referenciales para el cálculo de las multas, intereses y recargos aplicables al pago de los Derechos por Ocupación y/o Uso de Espacios Públicos sin dejarse atender el actual nivel de actividad económica y la situación existente en el ámbito laboral.
Que el dictado del presente se hace en uso de las facultades conferidas por el Articulo 108vo. Inciso 3° del Decreto 6769/58, y
Por todo ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORENO
DECRETA:
ARTICULO 1°: Establézcanse una bonificación del setenta por ciento (70%) sobre recargos por el pago total contado de deuda, para la Tasa Aplicable a la Inspección y Verificación del Emplazamiento de Estructuras Soporte de Antenas y Equipos Complementarios de los Servicios de Telecomunicaciones Móviles, Radiofrecuencia, Televisión e Internet Satelital que se cancelare hasta el día al 11 de Noviembre del presente ejercicio fiscal.
ARTICULO 2°: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, y de Economía.
ARTICULO 3°: Regístrese, comuníquese, cúmplase por intermedio de la Subsecretaría de Ingresos Tributarios y dese al archivo.
Lic Lucas Chedrese
Dr Mauro Tanos
Sr Walter Festa