Boletines/Moreno

Ordenanza Nº6216/19

Ordenanza Nº 6216/19

Moreno, 16/10/2019

 VISTO que las principales funciones del Promotor/a Comunitario/a  de Salud son la promoción, la prevención, la asistencia y la gestión territorial, lo que supone que propicie la articulación entre las necesidades de la comunidad y el Sistema de Salud así como también entre las áreas que comprenden la salud, el desarrollo social, la educación y el medio ambiente, promoviendo una concepción de la salud entendida como un derecho de la población y un deber del Estado; y     

CONSIDERANDO que los promotores realizan prácticas que propician la prevención de la enfermedad y la promoción de la salud identificando los factores protectores y de riesgo en las personas y en su comunidad, mediante la orientación, el acompañamiento y el fortalecimiento de la organización del barrio en relación a las condiciones de salud.

QUE estas acciones favorecen el acceso de la población a las acciones y servicios de salud contribuyendo a la detección de la demanda oculta y a la atención de la demanda espontánea.

QUE contribuyen a la organización de la comunidad para garantizar su acceso a la salud desde un abordaje integral, acercando la perspectiva de la comunidad respecto a los servicios de salud.

QUE promueven y desarrollan acciones hacia y desde la comunidad, que promuevan la consulta, asistencia y atención de las necesidades en salud por medio de la organización comunitaria y participación territorial.

QUE gestionan acciones institucionales y/o territoriales junto con el equipo de salud que contribuyan a la construcción colectiva de políticas públicas de salud.

QUE desde la Secretaría de Salud se vienen desarrollando políticas sanitarias de formación de Promotores/as Comunitarios/as de Salud desde el año 2016 hasta la actualidad.

QUE el año 2016 se formaron 120 promotores de salud, en 2017 -120- y en 2018 -130-, siendo que en la actualidad están cursando 112.

QUE en búsqueda de la profesionalización de estos promotores/as se han implementado y se desarrollan líneas de acompañamiento y formación permanente, y actualmente se encuentran en curso la Diplomatura de Promoción Territorial de la Salud en convenio  con la UNPAZ.

QUE en este camino de profesionalización Moreno fue sede y organizador en 2018 del primer encuentro Regional de promotores y de Salud, donde participaron PCS de los Municipios de Morón, José C. Paz, Tres de Febrero, San Martín, Rodríguez y Moreno.

QUE en diciembre de 2018 participo del V Encuentro Nacional de Salud realizado en la Facultad de Periodismo, coordinando la mesa redonda titulada “!Aquí se respira lucha! Promotores/as  de salud”.

QUE siguiendo esta línea de profesionalización e institucionalización del rol del promotor/a de salud, en 2019 se ha logrado la incorporación de la figura del pormotor/a de salud en la carrera social y sanitaria del municipio. Lo que posibilitó la contratación de 31 promotres/as de salud mediante la Red de Salud Pública AMBA.

QUE actualmente cada Centro de Salud tiene incorporado en los equipos de salud a los/as Promotores/as Comunitarias/os de Salud ya sea en condición de voluntariado, cooperativista o agente municipal.

QUE las tareas que realizan son de carácter prioritario en el marco de la estrategia de Atención Primaria de la Salud en el Primer Nivel de Atención.

QUE todo este trabajo previo amerita la creación de la “Escuela Municipal de Formación de Promotores/as Comunitarios/as de Salud”.

POR TODO ELLO, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones legales, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Créase la Escuela Municipal de Promotores/as Comunitarios/as de Salud dependiente de  la Secretaría de Salud  de  la Municipalidad de Moreno.-

ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, regístrese y archívese.-

SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MORENO, 16 DE OCTUBRE DE 2019.-       

Prof. PEDRO CAMPS                                        Lic. HORACIO CHIQUE

Secretario                                                                 Presidente

Comunicado al D.E el día 24/10/2019

Promulgada mediante el Decreto N° 2299  de fecha 06/11/2019