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Decreto Nº2814/19

Decreto Nº 2814/19

General Pueyrredon, 30/10/2019

Visto

el Convenio Nº 1160/18, suscripto entre el MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA DE LA NACION y la MUNICIPALIDAD DEL PARTIDO DE GENERAL PUEYRREDON, PROVINCIA DE BUENOS AIRES, en el marco de la Ley Nº 26.509, y,

Considerando

            Que el mismo tiene por objeto la cooperación y asistencia, entre el MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA DE LA NACIÓN Y la MUNICIPALIDAD DEL PARTIDO DE GENERAL PUEYRREDON, a los efectos de recomponer la situación de los productores frutihortícolas ubicados en la zona declarada en esta emergencia y/o desastre agropecuario por la Resolución Nº 394 del 7 de diciembre de 2016 del MINISTERIO y fortalecer la capacidad productiva de los agricultores familiares, por medio de acciones de prevención ante futuras emergencias y / o desastres agropecuarios.

 

                                               Que para concretar el objeto del mencionado convenio el MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA DE LA NACIÓN, aportó a este Municipio la suma de PESOS CUATRO MILLONES ($ 4.000.000,00), en concepto de aportes no reintegrables (ANR), para los agricultores familiares, para la adquisición de insumos productivos destinados al fortalecimiento de la infraestructura predial y para la realización de análisis de agua para riego.

 

                                               Que con la finalidad de identificar fehacientemente a los posibles destinatarios de dichos ANR, se ha efectuado un relevamiento de datos cuyo resultado es el listado de los productores con características de agricultores familiares que, como ANEXO I, forma parte del presente Decreto.

 

                                               Que el ANEXO I se  compone con la nómina de productores que han podido, a la fecha, regularizar las condiciones impositivas requeridas. 

 

                                               Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias;

 

   EL INTENDENTE MUNICIPAL

 

D E C R E T A

ARTÍCULO 1º.- Autorízase el pago de aportes no reintegrables a los agricultores familiares que se detallan en el ANEXO I, que forma parte integrante del presente Decreto y por el monto en él consignado.

 

ARTÍCULO 2º.-  El importe recibido por parte de los agricultores familiares será empleado en la adquisición de insumos productivos destinados al fortalecimiento de la infraestructura predial y la realización del análisis de agua para el riego.

 

ARTÍCULO 3º.- Los agricultores familiares beneficiarios del aporte no reintegrable reciben dicho monto con cargo a rendir cuentas de acuerdo a los requisitos, documentación y forma en lo que sea aplicable el Decreto 652/82, cuyo instructivo forma parte del presente como Anexo II.

 

ARTÍCULO  4º.- El egreso que demande lo dispuesto en el artículo 1º, deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria: Fin./Fun.: 4-7-0; Jurisdicción: 1110125000; Programático: 64.00.00; UE: 28, Fte. Fin.: 133 Partida: 5.1.7.0; Importe Total: $ 640.000.-

 

ARTÍCULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Economía y Hacienda y de Desarrollo Productivo y Modernización.

 

ARTÍCULO  6º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, publíquese. Cumplido, intervenga la Contaduría Municipal.

 

 

                        MACCHIAVELLO                     OSORIO                      ARROYO

 

ANEXO I Decreto Nº

 

 

Listado de Beneficiarios – Agricultores familiares

 

Convenio Nº 1160/19 MIINSTERIO de AGROINDUSTRIA de la Nación y

 

MUNICIPALIDAD del PARTIDO DE GENERAL PUEYRREDON.

 

 

Apellido

Nombre

Nº C.U.I.T.

Domicilio

Monto

1

Altamiranda

Elsa María

27-06426672-7

Bolivar 9447 – Barrio Jorge Newbery

$  20.000

2

Altamirano Rojas

Doroteo

20-92228173-5

Ruta 226 km 7 – El Chaja

$  40.000

3

Altamirano Castillo

Rolando

20-93092071-2

Ruta 226 km 12,5 – Camino Los Ortiz. 4,5 km adentro – Laguna de los Padres

$  40.000

4

Anachuri Rivera

Silvia

27-92827206-6

Ruta 88 km 6, calle Los Italianos – San Francisco

$  40.000

5

Caucota

Cristian Jesús

20-18788923-6

Ruta 226 km 12,5 – Laguna de los Padres

$  40.000

6

Fantini

José Mario

20-24326866-5

Calle 5 y 10 “La Trinidad” – Estación Camet.

$  40.000

7

Franco Aguirre

Vicente

23-95053858-9

Los Peñascos entre Los Miradores y Vecinos Unidos. Gloria de la Peregrina.

$  20.000

8

Galeano

Alejandra Mabel

27-35165766-4

Ruta 226 km 12,5 – Laguna de los Padres.

$  40.000

9

Gutiérrez Flores

Juana

27-92702853-6

Ruta 226 km 19 – Gloria de la Peregrina.

$  40.000

10

Martínez

Cristina

27-93016793-8

La Colina entre Vecinos Unidos y El Mirador – Gloria de la Peregrina.

$  40.000

11

Ordoñez Donaire

Gilberto

23-92725079-9

Ruta 226 km 17, atrás de la Sociedad Rural. Gloria de la Peregrina.

$  40.000

12

Ordoqui

Francisco Santiago

20-18448334-4

Brumana3990 – Cantera de Rizzo.

$  20.000

13

Quispe

Delfino

20-18663717-9

Ruta 226 km 12 -  Laguna de los Padres.

$  40.000

14

Rodríguez Zárate

Juan Carlos

20-94144394-0

Ruta 226 km 12 – San Carlos.

$  20.000

15

Segovia

Vicente

20-34121955-9

Ruta 88 km 17 – El Boquerón.

$ 40.000

16

Segovia Cruz

Roberto Carlos

20-92737389-1

Juan de Dios Filiberto 435 – Parque Palermo.

$ 40.000

 

17

Tolaba

Miguel

23-18749245-9

Las Charitas – Batán.

$ 40.000

18

Valdez Portal

Horacio Fabián

20-41429068-0

Ruta 88 km 17 – El Boquerón.

$ 40.000

 

 

 

 

TOTAL

$ 640.000

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ANEXO II – Decreto Nº

INSTRUCTIVO PARA RENDIR CUENTAS DE SUBSIDIO.

 

            Los Beneficiarios que perciban fondos con cargo a rendir cuentas en los términos del Decreto Nº 652/82 y en el marco del presente Decreto deben ajustarse a las siguientes pautas:

  1. Deberán presentar nota dirigida al señor Intendente Municipal en la que se consigne: Número de Decreto por que se ha percibo el subsidio, nombre y apellido, DNI, N° de CUIT, domicilio (Modelo 1).
  2.  Acompañar la nota con copia del presente Decreto.
  3. Adjuntar en original y  dos copias de los comprobantes de gastos efectuados, avalados con la firma del titular del beneficio.
  4. Los comprobantes adjuntados (punto 3) deberán ser emitidos a nombre del titular del beneficio y conformes a las normativas impositivas vigentes. Deberán contener siempre una descripción detallada de la compra y ser legibles.
  5. Deberán presentarse dentro de los noventa (90) días de la fecha en que se efectivizó la entrega de fondos.
  6. Los fondos no invertidos deberán ser reintegrados al Municipio.
  7. Los fondos no invertidos ya sean en forma parcial o total, que no sean reintegrados en dicho plazo noventa (90) días deberán actualizarse en base al Índice de Precios Mayorista no Agropecuario, publicado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos, sin perjuicio de las acciones civiles y/o penales que pudieran corresponder.

 

 

 

 

 

 

MODELO 1 – Decreto Nº

Mar del Plata, …… de ………… de 2019

Señor Intendente Municipal

Don…………………………………….

S                        /                      D

 

                                      Ref.:   Convenio Nº 23/2018- Nº 1160/18 – Rendición de cuentas

                             Quien suscribe, en mi carácter de titular del beneficio establecido en el Decreto Nº …….., con domicilio constituido en ……………., de la localidad de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires y Nº de CUIT…………………,manifiesto que he recibido los fondos otorgados por el Convenio Nº 23/2018 – Nº 1160/18, Decreto Municipal Nº …./19, para ser aplicados a efectuar gastos que se exponen seguidamente:

Suma otorgada:                                      $    ………………………

Inversión documentada:                        $ (…………………………) Según detalle en cuadro adjunto.

Monto a reintegrar                                 $   ………………………

 

Detalle de inversión documentada:

ITEM

FACTURA Nº

FECHA

PROVEEDOR

DETALLE

IMPORTE

1

 

 

 

 

 

2

 

 

 

 

 

3

 

 

 

 

 

 

                                                                                                                      Firma:   ………………………………

                                                                                                                   Aclaración: …………………………