Boletines/General Pueyrredon
Decreto Nº 2721/19
General Pueyrredon, 24/10/2019
Visto
que mediante Decreto Nº 2169/19 se dio de baja por fallecimiento el agente CORDOBA, CLAUDIO NORBERTO – Legajo Nº 17387/1 el día 23 de agosto de 2019, y
Considerando
Que el agente, reunía los recaudos estipulados en el artículo 72º inc. f) de la Ley 14656, registrando a la fecha del cese una antigüedad total municipal de TREINTA Y DOS (32) años de servicios.-
Que la Ley 14.656 en su artículo 72º inciso f) 2º párrafo establece … “ Cuando el cese del trabajador se produjera computando como mínimo treinta años de servicio, se le otorgará una retribución especial sin cargo de reintegro equivalente a seis (6) mensualidades del sueldo básico de la categoría en que revista, o del Salario Mínimo Vital y Móvil si este fuere superior, sin descuento de ninguna índole y la cual deberá serle abonada dentro de los treinta (30) días del cese.”…
Que con fecha 19 de mayo del corriente año, el Sr. Director de Personal del EMSUR, Diego López - Legajo Nº 22825/1 gira la consulta a la Dirección de Personal de la Administración Central, quien con posteridad eleva la misma a la Dirección de Dictámenes de la Administración Central.-
Que la Dirección de Dictámenes dependiente de la Subsecretaria Legal y Técnica y visto la disparidad de criterios existentes al momento de emitir dictamen, entre los alcances del actual artículo 72º inciso f) segundo párrafo de la Ley 14.656, eleva la consulta a la Asesoría General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires .-
Que a fs.11 la Dirección de Dictámenesprevia consulta a la Asesoría General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires dictamina “…a mayor abundancia se deja sentado que el mencionado órgano asesor determina dos requisitos para la viabilidad del pago referido, 30 años de antigüedad y el cese del trabajador (por cualquier causa – salvo desvinculación por sanción disciplinaria).-…”.-
Que la Señora Ruseñol, Rosa del Carmen, en calidad de cónyuge del ex agente fallecido Córdoba, Claudio Norberto – Legajo Nº 17387/1, acredita su vínculo presentando copia certificada del acta de matrimonio, ante la Dirección de personal del EMSUR.-
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º.- Autorizase el pago a quienes legal y formalmente acrediten la condición de derecho habientes del ex agente CORDOBA, CLAUDIO NORBERTO - Legajo Nº 17387/1, la suma de PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS SESENTA Y CUATRO CON 60/100 ($ 263.964,60.) en concepto de retribución especial sin cargo de reintegro equivalente a seis (6) mensualidades del sueldo básico de la categoría en que revista, o del Salario Mínimo Vital y Móvil si este fuere superior, sin descuento de ninguna índole en razón de registrar mas de treinta (30) años de servicios en la Administración Pública, de conformidad a lo dispuesto en el artÍculo 72º inciso f) párrafo segundo de la Ley 14.656 en mérito a lo expuesto en el exordio.-
ARTÍCULO 2º.- El Ente Municipal de Servicios Urbanos adoptará los recaudos pertinentes a fin de imputar la erogación que demande el cumplimiento del presente según el siguiente detalle:
Imputación: 22.01.1.1.7.1 (Adicional 25 y 30 años de Servicios)
ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor PRESIDENTE del Ente Municipal de Servicios Urbanos.-
ARTÍCULO 4º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, comuníquese por la Dirección de Personal del EMSUR e intervenga la Contaduría del mencionado Ente.-
Com/
LEITAO ARROYO