Boletines/Florentino Ameghino

Decreto Nº309/19

Decreto Nº 309/19

Florentino Ameghino, 19/07/2019

MODIFICANDO ARTICULO 1º DEL DECRETO 172/2019.-

Visto

Que, por Expediente Nº 4127-2237/2019, se procedió a la apertura de los sobres de la Licitación Pública Nº 03/2019, “Construcción Cordón Cuneta Ameghino” y,

Considerando

Que, se han cumplido con los requisitos legales del proceso licitatorio;

 

        Que, se han presentado tres oferentes, INARCO S.A. que cotiza un total de $8.981.316,00 (Pesos: ocho millones novecientos ochenta y un mil trecientos dieciséis con cero centavos), Hormigonera Villegas S.A. cotiza por un total de $7.237.176,00 (Pesos: siete millones doscientos treinta y siete mil ciento setenta y seis con cero centavos), y Cimentar S.R.L. cuya oferta cotiza $8.048.812,48 (Pesos: ocho millones cuarenta y ocho mil ochocientos doce con cuarenta y ocho centavos);

 

        Que, el artículo 132 de la Ley Orgánica de las Municipalidades establece: La ejecución de las obras públicas corresponde al Departamento Ejecutivo. En las realizaciones mediante consorcios, convenios y demás modalidades, su intervención será obligatoria; inciso f) se haya realizado una licitación y no haya habido proponentes o no se hubieren hecho ofertas convenientes.

 

        Que, en ese mismo sentido, el artículo 159° de la LOM, instituye: Los bienes municipales serán enajenados por remate o licitación pública. No obstante podrá convenirse la venta: inciso c) cuando la licitación pública o privada, el concurso de precios o el remate resultaren desiertos o no se presentaren ofertas válidas admisibles o convenientes.

 

         Que, conforme lo establece el artículo 185° del Reglamento de Contabilidad, la adjudicación recaerá en la oferta más conveniente que se ajuste a lo pedido, y por caso las tres ofertas válidas superan considerablemente el presupuesto oficial, por lo que no son ventajosas para la comuna;

 

        Que, se dicta el presente acto administrativo, ad-referéndum del Honorable Concejo Deliberante, tal como lo dispone el Artículo 155 de la LOM;

POR ELLO EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones.

D  E  C  R  E  T  A

ARTÍCULO 1º.- ARTÍCULO 1º: Modificar el artículo 1º del Decreto Nº172/2019 que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTICULO 1º: Debido a los altos presupuestos de los tres oferentes presentados en la licitación pública 3/2019, que ampliamente superan el presupuesto oficial, la obra se realizara por administración, dejando sin efecto la posibilidad de un segundo llamado a dicha licitación.”----

 

ARTICULO 2º.- Comunicar, Elevar copia al Honorable Concejo Deliberante, pasar a Contaduría, dar al Registro Municipal y Archivar.