Boletines/Florentino Ameghino

Decreto Nº280/19

Decreto Nº 280/19

Florentino Ameghino, 05/07/2019

ADJUDICANDO BECAS MUNICIPALES PARA ESTUDIOS SUPERIORES.-   

Visto

  Lo normado en los artículos 12, 13, 23 y 24 en la Ordenanza Municipal 1082/18,

 

          El decreto 080/2019 del día 21 de febrero de 2019, y

 

 

Considerando

  Que, el artículo 26 de la ordenanza 1082/18 reza, las becas dinerarias son compatibles con cualquier otra beca y/o beneficio social que otorgue el estado nacional o provincial a favor del beneficiario.

          Que, quien resulte beneficiario de otras becas dinerarias otorgadas al mismo efecto por el estado nacional/ provincial, se le descontara lo percibido en la misma

         

          Que, los aspirantes cumplieron con los requisitos esenciales para acceder a las Becas Municipales para Estudios Superiores.-

 

          Que, el pago de las becas dinerarias los realizara el Departamento Ejecutivo por cheque a la orden del beneficiario o adulto responsable que el beneficiario autorice o realizando una transferencia o deposito en cuenta especial abierta por tesorería a nombre del beneficiario.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones,

D  E  C  R  E  T  A:

 

ARTICULO 1°: Dejar sin efecto becas otorgadas, debido a que han abandonado sus estudios a, Ragazzoli Lucia, DNI: 42.258.640, y a Bravo Axel, DNI: 42.574.730, quienes han resultado beneficiarios a través del decreto 080/2019.---------------------------------------------

 

ARTÍCULO 2º: Modificar los montos de las becas dinerarias reguladas por el decreto 080/2019 a los alumnos que a continuación se detallan, quienes son beneficiarios de la beca Nacional PRO.GRE.SAR y también de la beca dineraria municipal:

 

NOMBRE Y APELLIDO

DNI

MONTO

Britos Irina

42.345.450

$2.365

Herrera Pablo

42.574.781

$2.875

Santos Ingliso Micaela

40.457.290

$2.565

Sabella Lucila

41.996.691

$2.365

López Gimena Beatriz

40.977.819

$2.695

Leiva Martina

42.345.415

$2.595

Ojeda Matías Maximiliano

41.654.637

$2.565

Videla Jorgelina María Luz

40.977.888

$2.565

 

ARTICULO 3°: Otorgar becas dinerarias a los alumnos suplentes que surgieran del orden de prioridad establecido por la ordenanza 1082/18, que se detallan a continuación, dadas las modificaciones que surgen por los artículos mencionados ut-supra

 

NOMBRE Y APELLIDO

DNI

MONTO

Andrada Jonathan

(Silvia Araya)

40.495.457

$2.885

Cicardi María Gabriela

(Graciela Calvo)

38.363.500

$365

Alonso Agustina Abril

(Transferencia)

42.631.162

$2.885

Hellbusch Fernando Agustín

(Jorgelina Pereyra)

41.434.881

$4.165

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ARTICULO 4°: Comunicar, elevar copia al Honorable Concejo Deliberante, a la Dirección de Recursos Humanos, pasar a Contaduría, Dar al R. Municipal y Archivar.------------------------------