Boletines/Chascomús

Resolución Nº361/19

Resolución Nº 361/19

Chascomús, 14/11/2019

Visto

La solicitud de prescripción ingresada por parte del contribuyente FORNETTI Roberto Pablo según expediente 4030-146079/F por deuda de tributos municipales del inmueble identificado con el número de Partida 13660; y

Considerando

Que el peticionante inició el trámite correspondiente, adjuntando la documentación requerida.

Que se ha verificado que registra deuda de periodos que, de acuerdo a la normativa vigente, debería reconocerse la prescripción.

Que dicha prescripción está prevista en el artículo 278 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

Que sin perjuicio de lo expuesto, es importante destacar que en el artículo referido precedentemente, se indica que: “… en todos los casos el término de prescripción se interrumpirá por el reconocimiento expreso que el deudor hiciera de sus obligaciones y por los actos judiciales o administrativos que la Municipalidad ejecutare en procuración del pago…”

Que atento a que no se han verificado dichas circunstancias y en virtud de lo establecido en el artículo antes citado y el artículo 2560 del Código Civil y Comercial de la Nación, deberá reconocerse la prescripción de las deudas relacionadas a la Partida Nº 13660 por Servicios Generales desde la 4ª/2002 hasta la 6ª/2010, inclusive.

Por ello, el Señor Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín) en uso de sus atribuciones.

RESUELVE

ARTICULO 1º.- Prescríbase la deuda de tributos municipales del inmueble  identificado con el número de Partida Nº 13660 por Servicios Generales desde la 4ª/2002 hasta la 6ª/2010, inclusive.-

ARTICULO 2°.- Deberá modificarse la deuda registrada en la cuenta  corriente de la partida referida en el artículo anterior.-

ARTICULO 3°.- Notifíquese a Dirección de Ingresos Públicos, Cómputos, Legales, Gestión de Cobros y Honorable Concejo Deliberante.-

ARTICULO 4°.- Cúmplase,   publíquese,   dese   al   Registro Municipal   y  archívese.-