Boletines/Chascomús

Resolución Nº356/19

Resolución Nº 356/19

Chascomús, 07/11/2019

Visto

El Expediente Nº 4030 – 146189/M caratulado “SITUACION AGENTE SANTANDER CASTRO OSCAR”; y

Considerando

Que a fs. 1 del expediente aludido emana que el Señor Agente Municipal Oscar Santander Castro, quien se desempeña laboralmente bajo la órbita de la Secretaría de Salud, fue sancionada en fecha 07 de Octubre del corriente resultando la misma LLAMADO DE ATENCION. Que dicha sanción encuentra fundamento a raíz que el referido agente propinó lenguaje inapropiado y tratamiento incorrecto hacia su colega y compañera de laboro Dra. Samantha Jarque.

Que el Señor Santander Castro se encuentra debidamente notificado, tal como se desprende de la fs. inicial.

Que el mismo –a fs. 2 del expediente de marras- presenta descargo.

Que el Señor Santander Castro en su escrito defensa alega simplemente no haber tenido la actitud que se le imputa para con la Señora Jarque.

Que a esta altura del procedimiento corresponde dar respuesta a la presentación realizada.

Que en primer lugar corresponde considerar que la Señora Samantha Jarque a fs. 4 del Expediente Nro. 4030 – 146189/M caratulado: “SITUACION AGENTE SANTANDER CASTRO OSCAR” expresa que efectivamente el Dr. Santander le manifestó, el día 07 de Octubre, frente a la familia de la paciente Maricel Díaz: “que haces acá siempre metida en el medio husmeando”, “porque no te vas”, “que haces todavía acá”, “a vos quien te banca como coordinadora” cuando su horario es todos los días como médica de planta. Debiendo estar en la sala, involucrada en el seguimiento de los pacientes.

Que cierra la Señora Jarque refiriendo que recibe un constante destrato y menosprecio por su labor profesional.

Que por último cabe indicar la existencia de testigos presenciales de los sucesos enrostrados Dr. Hernán Merlo Ocampo, Sub Director Administrativo Eduardo Claverol, Jefa de Enfermeras Miriam Durán y Dr. Morales.

Por ello, la Señora Secretaria de Salud (Dra. Marcela Arias) en uso de sus atribuciones.

RESUELVE

ARTICULO 1º.- Rechácese el Recurso de Revocatoria y ratifíquese el acto administrativo oportunamente dictado.-

ARTICULO 2°.- Otórguese el Recurso Jerárquico interpuesto y elévese las actuaciones al superior.-

ARTICULO 3°.- Notifíquese con copia de la presente al Señor Oscar Santander Castro haciéndole saber que posee un plazo de cinco (5) días hábiles administrativos, contados a partir del día posterior de efectuada la misma a los fines que mejore o amplíe los fundamentos de su recurso Artículo 91 Ordenanza General Nº 267.-

ARTICULO 4°.- Cúmplase,   publíquese,   dese   al   Registro Municipal   y   archívese.-