Boletines/Chascomús

Ordenanza Nº5424/19

Ordenanza Nº 5424/19

Chascomús, 14/11/2019

VISTO:

El Expediente Administrativo Nº 4030-145180/M caratulado “Extensión de Contrato de concesión parcela Ribereña Nº 18 – Camping SEPUBA”, y

CONSIDERANDO:

Que se encuentra próximo a vencer el plazo por el cual se otorgó la explotación en Concesión de la “Parcela Ribereña Nº 18” (Camping SEPUBA) por Decreto 855/99 en los términos de las Ordenanzas 1671/85 y 2471/94.

Que por Ordenanza Nº 4986/2016 el HCD autoriza al Departamento Ejecutivo, a manera de excepción, acordar extensiones con los adjudicatarios de los Contratos de Concesiones turísticas vigentes de Bienes Municipales, cuyo período de finalización recaigan entre los meses de Julio y Marzo.

Que las extensiones de Contratos serán homologados por el Concejo Deliberante, debiendo presentarse el Contrato con un (1) mes de anticipación a la fecha de finalización de Contrato original.

Que se ha suscripto con fecha 10 de septiembre de 2019 el Acta Acuerdo de Extensión de la Concesión fijándose como fecha de finalización la vinculación entre las partes el día 30 de Abril del año 2020 y asimismo se ha dado cumplimiento con las demás disposiciones contenidas en la Ordenanza 4986/16.

                                     Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de Chascomús sanciona la siguiente.

ORDENANZA

ARTICULO 1º.- Convalídese el Acta Acuerdo de Extensión de la Concesión de fecha 10 de septiembre de 2019 que se agrega a la presente, suscripta en los términos de la Ordenanza 4986/16, con el actual concesionario de la Parcela Ribereña Nº 18 (Camping SEPUBA), Asociación Mutual de Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires.-

ARTICULO 2°.- De forma.-