Boletines/Chascomús

Decreto Nº990/19

Decreto Nº 990/19

Chascomús, 15/11/2019

SUBSIDIO CONSEJO ESCOLAR

Visto

El Expediente Administrativo Nº 4030-146221/C, caratulado “Subsidio obras menores 2019”, iniciado por el Consejo Escolar de Chascomús”; y

Considerando

Que a través de una nota presentada por el Presidente del Consejo Escolar de Chascomús (v. fs. 4 de las citadas actuaciones), se plantea la necesidad de percibir un subsidio para la realización de ciertas mejoras en la Escuela de Educación Primaria Nº 11, “Don José Bilbao”, ubicada en el Cuartel VI, Villa del Sur; E. P. Nº 45, “José Manuel Estrada”; E. E. S. Nº 8, “Ricardo Gutiérrez”; E. E. E. Nº 502, “25 de mayo”; Jardín de infantes Nº 905, “María Emma Zuloaga”; I.S.F.A., “Escuela de Cerámica Chascomús”.

Que surge de la presentación que los establecimientos educativos cuentan con deficiencias en infraestructura tales como desagües pluviales con escasa pendiente, cubiertas de techos gastadas y con filtraciones, desagote de pozos ciegos, y la reconstrucción de una rampa para personas con movilidad reducida en el establecimiento de educación especial; que ha sido imposible reparar con los recursos recibidos por medio de otras fuentes.

Que el Fondo de Financiamiento Educativo, creado por Ley Nacional 26.075, y girado a los municipios según índices establecidos al efecto, está destinado a cubrir gastos ligados a la finalidad y función de educación.

Que según la doctrina del Honorable Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires, los mencionados recursos deben ser utilizados en concordancia con los objetivos educativos previstos en la referida Ley, incluyendo la construcción y/o mantenimiento de infraestructura, generación de programas de capacitación y apoyo pedagógico, y otros; a fin de mejorar la calidad educativa, adquisición y/o mantenimiento de equipamiento escolar, u otra finalidad educativa.

Que a fs.1/2/3 del referido expediente se agregan las facturas por las tareas realizadas, los planos de obra y presupuestos para efectuar obras pendientes, de los que surge el monto del subsidio peticionado.

Que el Señor Secretario de Hacienda ha considerado factible otorgar al Consejo Escolar una ayuda económica para realizar los pagos enumerados por un total de PESOS DOSCIENTOS DIECINUEVE MIL QUINIENTOS ($219.500).

Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1º.- Otórguese subsidio al Consejo Escolar de Chascomús por  un monto de PESOS DOSCIENTOS DIECINUEVE MIL QUINIENTOS ($ 219.500) destinado a solventar los gastos que insuman los arreglos del Jardín de Infantes Nº 905, las Escuelas Primarias Nº 11 y 45, la Escuela de Educación Especial Nº 502, la Escuela Secundaria Nº 8, y el I.S.F.A. de nuestro distrito, sin cargo de reintegro y con rendición de cuentas.-

ARTICULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente,  impútese a la Jurisdicción 1110113000; Categoría Programática 36.01.00 Act. Central Serv. Educativos; Partida 5.4.6; Fuente de Financiamiento 132; Rubro 1141300 - Fondo Educativo.-

ARTICULO 3°.- Notifíquese a Secretaría Privada, Contaduría, Tesorería, Consejo Escolar y Honorable Concejo Deliberante.-

ARTICULO 4°.- El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín).

ARTICULO 5°.- Cúmplase,  publíquese,  dese  al  Registro  Municipal  y archívese.-