Boletines/Chascomús

Decreto Nº977/19

Decreto Nº 977/19

Chascomús, 12/11/2019

RECHAZAR RECURSO JERÁRQUICO

Visto

El Expediente Nº4030-142460/M caratulado “Solicitud Cambio de Contribuyente Pda. 15107”, iniciado por la señora Eliana Daniela Mazuryk; y

Considerando

Que a fs. 34/35, la Dra. Graciela Noemí Infante, en su carácter de letrada apoderada de la señora Eliana Daniela Mazuryc, interpone en tiempo y forma de ley recurso de reposición con jerárquico en subsidio, en los términos del artículo 89 de la Ordenanza General Nº 267, contra el Decreto Nº 858/2019, obrante a fs. 30/31 del presente.-

Que la recurrente desconoce los antecedentes de titularidad dominial del señor Hugo Osvaldo García Ben, así como que exista informe de dominio que acredite la inscripción de la Declaratoria de Herederos del señor Ben y la inexistencia de plano de prescripción debidamente inscripto.-

Continua relatando que la señora Mazuryk posee por accesión de posesiones desde 1989 el inmueble partida inmobiliaria Nº 15.107, que los sucesivos poseedores pagaron a la Municipalidad de Chascomús las tasas y servicios en forma permanente, los cuales se encuentran en poder de la señora Mazurik.-

Finalmente, la apoderada de la recurrente acompaña copias simples del juicio de usucapión de tramita por ante el Juzgado de Paz Letrado de Chascomús, así como copias simples de comprobantes de pago de tasas municipales y copias fotostáticas del inmueble construido sobre la propiedad en cuestión.-

Tal como fue detallado al momento de rechazar el pedido de cambio de contribuyente, en los registros de la Municipalidad de Chacomús, obra documentación por la cual, el actual contribuyente del impuesto municipal, el señor García Ben, posee testimonio de escritura, donde se constata la orden de inscripción del testamento otorgado por la titular registral del inmueble de autos, Francisca Sanchez Méndez de Heredia, a favor del señor Hugo Osvaldo García Ven, DNI Nº: 8.447.261.-

Que dicha inscripción, fue ordenada en el marco del expediente sucesorio caratulado: “SANCHEZ MENDEZ FRANCISCA S/ SUCESION TESTAMENTARIA”, de Trámite por ante el Juzgado Civil Nº 58 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.-

Lo expresado anteriormente, es confirmado conforme lo prescripto por el artículo 1 de la Ordenanza 4509/2012, que expresa: “Para efectuar el cambio de contribuyente fiscal en los registros municipales, sólo se podrá efectuar contra la presentación de la documentación que acredite el cambio de titularidad dominial debidamente inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires”.

Que en cuanto a agravios expresados por la recurrente, respecto a la inexistencia de documentación debidamente inscripta en el registro de la propiedad inmueble que acredite la titularidad del señor Ben y la tramitación del juicio de Usucapión de la señora Mazuryc, debe dejarse aclarado que la Municipalidad de Chascomús, como ente estatal, no tiene potestades ni facultad de decidir sobre cuestiones jurídicas en litigio. Ello se manifiesta ante la supuesta posesión efectiva realizada sobre el inmueble por la señora Mazuryc, sumada a la intención de materializar tal circunstancia mediante la inscripción en el Registro de la Propiedad inmueble de su titularidad, a través del juicio de usucapión, el cual, por cierto, se encuentra en trámite y no ha obtenido sentencia firme.-

En definitiva, la señora Mazuryc no ha concluido el trámite judicial por el cual se encontraría habilitada para solicitar el cambio de contribuyente, por tanto, la Municipalidad de Chascomús, no posee potestades suficientes para proceder al cambio, debiéndose mantener el actual, conforme la documentación existente y los argumentos expuestos tanto en el presente como en el Decreto Nº 858/2019.-

Respecto del recurso jerárquico en subsidio, teniendo en cuenta que el acto administrativo que se ataca resulta ser un Decreto, el cual emana de la máxima autoridad municipal (Intendente), la interposición de tal recurso resulta improcedente.-

Que la Dirección de Asuntos Legales emitió dictamen desfavorable respecto de los recursos planteados por la agraviada.-

Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones.

DECRETA

ARTICULO 1º.- Rechácese el recurso Reposición con Jerárquico en Subsidio interpuesto por la señora Graciela Noemí Infante, Tº II Fº 121 CAD, en su carácter de apoderada de la señora Eliana Daniela Mazuryk, DNI Nº: 27.259.670, contra el dictado del Decreto Nº 858/2019, por las consideraciones expuestas en el exordio.-

ARTICULO 2°.- Notifíquese a Secretaria de Privada, Catastro, Peticionante, Contribuyente y Honorable Concejo Deliberante.-

ARTICULO 3°.- El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro).-

ARTICULO 4°.- Cúmplase,  publíquese,  dese  al  Registro  Municipal  y  archívese.-