Boletines/Chascomús

Decreto Nº974/19

Decreto Nº 974/19

Chascomús, 12/11/2019

SUBSIDIO CONSEJO ESCOLAR

Visto

El Expediente Administrativo Nº 4030-146222/F, iniciado por el Consejo Escolar de Chascomús; y

Considerando

Que por expediente de referencia se tramita una ayuda económica para afrontar los costos de demanden el traslado de niños que cursan su último año de educación primaria de Chascomús al oceanario “Mundo Marino”, ubicado en la localidad de San Clemente del Tuyú;

Que el viaje tiene como propósito participar de una actividad didáctica-recreativa, para todos aquellos alumnos que por la situación económica actual no pueden afrontar los costos correspondientes;

Que el Intendente Municipal, propone co-organizar la experiencia educativa junto a la Jefatura Distrital de Educación y el Consejo Escolar de Chascomús;

Que el Consejo Escolar presenta el presupuesto de transporte, que obra en el expediente por la suma de PESOS SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS ($665.500), para cubrir los costos de traslado;

Que el Fondo de Financiamiento Educativo, creado por Ley Nacional 26.075, y girado a los municipios según índices de coparticipación, está destinado a cubrir gastos ligados a la finalidad y función de educación;

Que, según doctrina del Honorable Tribunal de Cuentas, los mencionados recursos deben ser utilizados en concordancia con los objetivos educativos previstos en la referida Ley, incluyendo la construcción y/o mantenimiento de infraestructura, generación de programas de capacitación y apoyo pedagógico a fin de mejorar la calidad educativa, adquisición y/o mantenimiento de equipamiento escolar u otra finalidad educativa;

Que, por otra parte, los fondos provenientes del programa provincial de Operadores de Calle, también resultan aplicables a esto tipo de actividades, ya que según el Acta de adhesión "se trata de coordinar, articular, y ejecutar políticas, programas y acciones desarrolladas por entes del sector público provincial y municipal como del sector privado, destinadas a promover, prevenir, asistir, proteger, resguardar y restablecer los derechos de los niños”;

Que, en ese marco, la Municipalidad especifica en su proyecto trabajar "sobre diversas formas de desigualdad, vinculadas al acceso a la vivienda, a la salud, a la educación, al esparcimiento o a otros derechos";

Que permitir el acceso de los alumnos que terminan sexto año a un viaje a la Costa, implica ofrecer un día de esparcimiento y de socialización, pero más allá de estos objetivos puntuales, implica que estos niños de escuelas rurales y urbanas en situación de vulnerabilidad, tengan su viaje de egresados. Una desigualdad a veces opacada por otras más visibles, el acceso al viaje de egresados es una acción promotora de igualdad, articulada con Jefatura de Educación Distrital, para que todos los chicos gocen de esta salida;

Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones.

DECRETA

ARTICULO 1º.- Otórguese subsidio al Consejo Escolar de Chascomús por un monto de PESOS SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS ($665.500), para cubrir los costos de traslado, de acuerdo a las consideraciones que se establecen en el exordio; sin cargo de reintegro y sujeto a rendición de cuentas.-

ARTICULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del artículo 1º impútese de la siguiente manera: la Jurisdicción 1110113000 Categoría Programática 36.01.00 Act. Central Serv. Educativos, Partida 5.1.5.0 Transferencias a Instituciones de Enseñanza, Fuente de Financiamiento 132 – Origen Provincial Afectado, a financiarse con el rubro 1141300 (Fondo Educativo), por un monto de $ 430.000 y con el rubro 1750461(Operadores de calle) por un monto de $ 235.500.-

ARTICULO 3°.- Notifíquese a Secretaría Privada, Secretaría de Desarrollo  Social, Contaduría, Tesorería, Consejo Escolar y Honorable Concejo Deliberante.-

ARTICULO 4°.- El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín).-

ARTICULO 5°.- Cúmplase,  publíquese,  dese  al  Registro  Municipal  y archívese.-