Boletines/Chascomús
Decreto Nº 966/19
Chascomús, 11/11/2019
SUBSIDIO CONSEJO ESCOLAR
Visto
El Expediente Administrativo Nº 4030-146199/C caratulado “Traslado Promoción CENS Nº 451. Fondo Educativo”, iniciado por el Centro Educativo Nivel Secundario Nº 451; y
Considerando
Que a fs. 1 del referido Expediente, la Sra. Directora del Centro Educativo Nivel Secundario Nº 451, Sra. Patricia Montenegro, solicita ayuda económica para afrontar los gastos que demande el viaje de ida y vuelta a la ciudad de Tigre (Provincia de Buenos Aires), el día 23 de Noviembre del corriente.
Que el viaje será para los alumnos de 3er año de nivel secundario, quienes representan la primera promoción de la Institución, acompañados de docentes, en el marco de una actividad convenida institucionalmente como el viaje de egresados –como premio a su esfuerzo y voluntad en estos años- de los estudiantes adultos, los que en muchos casos están en condiciones de vulnerabilidad social.
Que se adjunta a fs. 2 de las citadas actuaciones, presupuesto que incluye el valor del traslado de ida y vuelta desde la ciudad de Chascomús a la ciudad de Tigre; siendo el mismo por un valor de PESOS CUARENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CUARENTA ($ 47.240).
Que el Fondo de Financiamiento Educativo, creado por Ley Nacional 26.075, y girado a los municipios según índices de coparticipación, está destinado a cubrir gastos ligados a la finalidad y función de educación.
Que, según doctrina del Honorable Tribunal de Cuentas, los mencionados recursos deben ser utilizados en concordancia con los objetivos educativos previstos en la referida Ley, incluyendo entre otros la generación de programas de capacitación y apoyo pedagógico a fin de mejorar la calidad educativa.
Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones.
DECRETA
ARTICULO 1º.- Otórguese subsidio al Consejo Escolar de Chascomús por un monto de PESOS CUARENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CUARENTA ($47.240), para cubrir los costos de traslado, de los estudiantes del CENS Nº 451 a la ciudad de Tigre el día 23.11.2019; sin cargo de reintegro y sujeto a rendición de cuentas.-
ARTICULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente impútese a la Jurisdicción 1110113000, Categoría Programática 36.01.00 Act. Central Serv. Educativos, Partida 5.3.6.0, Fuente de Financiamiento 132 – Fondo Educativo.-
ARTICULO 3°.- Notifíquese a Secretaría Privada, Secretaría de Desarrollo Social, Contaduría, Tesorería, Consejo Escolar de Chascomús y Honorable Concejo eliberante.-
ARTICULO 4°.- El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín) y Señora Secretaria de Desarrollo Social (Fernanda Sallenave).-
ARTICULO 5°.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-