Boletines/Quilmes
Ordenanza Nº 13305/19
Quilmes, 06/12/2019
VISTO que el Honorable Concejo Deliberante, en actuaciones tramitadas
bajo el N° de Expediente 4091-12131-S-19 ha sancionado la Ordenanza
N° 13305/ 19 en la Sesión Ordinaria del día 26 de Noviembre de 2019,
que dice:
VISTO
El Expte. N° 4091-12131-S-19. Ref.: PATRICIA EDITH
CAMPOREALE, Solicita reserva de un espacio de estacionamiento para
discapacitados en la calzada frente a su domicilio sito en Alvear 773 de
Quilmes, y
CONSIDERANDO:
Que en el Expediente de Vista la solicitante ha
adjuntado copia del certificado de discapacidad de Maria Verónica
Camporeale;
Que asimismo, surge de la copia del Acta de
Aceptación de Cargo adjuntada a los Expedientes de visto que la
requirente resulta Curadora de María Verónica Camporeale, y de las
copias de los Documentos Nacional de Identidad de ambas que poseen
domicilio en Alvear 773 de Quilmes;
Que surgen también acreditados los demás
requisitos de la Ordenanza N° 11458/10;
Que la Convención sobre los Derechos de las
Personas con Discapacidad, ratificada por la República Argentina,
reconoce que "la discapacidad es un concepto que evoluciona y que
resulta de la interacción entre las personas con deficiencias y las
barreras debidas a la actitud y al entono que impiden su participación
plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las
demás";
Que la Ley Nacional N° 22.431 de Sistema de
Protección Integral de los Discapacitados (mod. Por Ley N° 24314)
dispone en su Artículo N° 20°: "Establecese la prioridad de la supresión
de barreras físicas en los ámbitos urbanos arquitectónicos y del
transporte que se realicen o en los existentes que remodelen o
sustituyan en forma total o parcial sus elementos constitutivos con el fin
de lograr la accesibilidad para las personas con movilidad reducida..."
Asimismo el Inciso d) establece: "Estacionamientos: tendrán zonas
reservadas y senalizadas para vehículos que transporten personas con
movilidad reducida cercanas a los accesos peatonales";
Que la Ley Provincial N° 10.592 refiere en su Artículo
N° 24° ter. (Texto incorporado por Ley N° 12614) (texto según Ley N°
14824): "Las vías y espacios libres públicos deben permitir a las
personas con movilidad reducida gozar de las adecuadas condiciones de
seguridad y autonomía como elemento primordial para el desarrollo de
las actividades de la vida diaria";
Que es obligación del Municipio asegurar a la
persona con discapacidad los mismos derechos que sus conciudadanos,
para lo cual debe arbitrar los medios para eliminar las situaciones de
desventaja que puedan encontrar en el ejercicio de sus derechos,
mediante la adopción de medidas específicas destinadas a equiparar
oportunidades;
Que a dichos efectos corresponde el dictado de
normas, ante situaciones particulares, tendientes a facilitar espacios de
estacionamiento para vehículos utilizados por persona con necesidades
especiales motoras;
Que resultan de aplicación los Artículos 1º, 3º, 7º y concordantes de la Ordenanza Nº 11.458/10;
ORDENANZA
ORDENANZA N° 13305/ 19
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, SANCIONA:
ARTICULO 1°: RESERVASE un espacio para estacionamiento
exclusivo para discapacitados frente al domicilio sito
en Alvear N° 773 de Quilmes, para su use por parte de las señoras
Patricia Edith Camporeale y/o María Verónica Camporeale, de cuatro
metros cincuenta centimetros (4,50 m) de largo.
ARTICULO 2°: ENCOMIENDASE al Departamento Ejecutivo la
demarcación del cordón y de la capa asfáltica
correspondiente a dicho espacio de estacionamiento exclusivo.
ARTICULO 3°: COMUNIQUESE a quienes corresponda, dese al
Registro General y ARCHIVESE.
Fdo.: Cdor. JUAN M. BERNASCONI, Presidente del H.C.D.
Dr. DANIEL A. MARCHI, Secretario Legislativo del H.C.D.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°: PROMULGASE la Ordenanza N° 13305/19
sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en
la Sesión Ordinaria del dia 26 de Noviembre de 2019.-
ARTICULO 2°: DESE al Registro General, Publiquese y ARCHIVESE
Dr. LEANDRO DE CARLI MARTINIANO MOLINA
Secretario Legal y Técnico Intendente
DECRETO 3178