Boletines/Suipacha
Decreto Nº 478/2019
Suipacha, 18/10/2019
Visto
El resultado de la Licitación Pública Nº 2/2019, obrante en el Expediente Nº 60/2019, Letra “I” del Departamento Ejecutivo para la adjudicación de una motoniveladora de accionamiento hidráulico, de doble eje motriz en tándem, eje delantero con ruedas inclinables y bastidor articulado y demás características técnicas especificadas, cuyas propuestas fueron presentadas por las firmas IRON GROUP S.A., NEXTMAQ S.A., ZMG ARGENTINA S.R.L., QMAQ S.A., COVEMA S.A., BISCAYNE SERVICIOS S.A. Y VIALERG S.A.;
Considerando
Que el dictamen económico de la Secretaría de Hacienda y Economía
determina que el presupuesto oficial ascendía a la suma de $ 11.200.000; que en el momento de
apertura de sobres las empresas licitantes cumplimentan con la documentación requerida con
excepción de las empresas ZMG ARGENTINA S.R.L. Y BISCANE SERVICIOS S.A. y que
recomienda evaluar las condiciones técnicas de los equipos ofrecidos que se encuentren por debajo de
presupuesto oficial;
Que el dictamen de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, manifiesta
que después del análisis de cada una de las propuestas, realiza en forma conjunta con el equipo técnico
y de taller y consultas con otros municipios y de acuerdo con el fin para el cual se requiere de esta máquina resultan conveniente las ofertas de las firmas NEXTMAQ S.A y la de ZMG ARGENTINA S.R.L.;
Que dado que la firma ZMG ARGENTINA S.R.L no cuenta con el
certificado para contratar con el Estado en condiciones es que se opta por la máquina SEM modelo
2019 de la firma NEXTMAQ S.A.;
Que por lo expuesto es necesario dictar el acto administrativo pertinente
a efectos adjudicar la Licitación a la firma NEXTMAQ S.A. , por ello, el suscripto,
Que el dictamen económico de la Secretaría de Hacienda y Economía
determina que el presupuesto oficial ascendía a la suma de $ 11.200.000; que en el momento de
apertura de sobres las empresas licitantes cumplimentan con la documentación requerida con
excepción de las empresas ZMG ARGENTINA S.R.L. Y BISCANE SERVICIOS S.A. y que
recomienda evaluar las condiciones técnicas de los equipos ofrecidos que se encuentren por debajo de
presupuesto oficial;
Que el dictamen de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, manifiesta
que después del análisis de cada una de las propuestas, realiza en forma conjunta con el equipo técnico
y de taller y consultas con otros municipios y de acuerdo con el fin para el cual se requiere de esta máquina resultan conveniente las ofertas de las firmas NEXTMAQ S.A y la de ZMG ARGENTINA S.R.L.;
Que dado que la firma ZMG ARGENTINA S.R.L no cuenta con el
certificado para contratar con el Estado en condiciones es que se opta por la máquina SEM modelo
2019 de la firma NEXTMAQ S.A.;
Que por lo expuesto es necesario dictar el acto administrativo pertinente
a efectos adjudicar la Licitación a la firma NEXTMAQ S.A. , por ello, el suscripto,
Intendente Municipal del Partido,
En uso de sus atribuciones,
DECRETA
Artículo 1º: Apruébase la Licitación Pública Nº 2/2019, cuya apertura de propuestas se realizó el 18 --------------- de Octubre de 2019 a las 11 horas en el Municipio de Suipacha.
Artículo 2º: Adjudícase a la firma NEXTMAQ S.A. la adquisición de una motoniveladora de
--------------- accionamiento hidráulico, de doble eje motriz en tándem, eje delantero con ruedas inclinables y bastidor articulado y demás características técnicas especificadas, en la suma de Pesos Once Millones ($ 11.000.000).
Artículo 3º: Comuníquese a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, a la Contaduría Municipal
--------------y a la Oficina de Compras y Suministros a los efectos pertinentes.
Artículo 4º: El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Gobierno y Control
-------------- de Gestión.
Artículo 5º: Cúmplase, comuníquese, dése al Registro Oficial de Decretos y archívese.