Boletines/Rauch
Decreto Nº 608/19
Rauch, 26/06/2019
Visto
La nota Nº 14.159, suscripta por el Sr. Luciano César Gigena, D.N.I. Nº 32.815.023;
La Ordenanza Fiscal 248/2000 y sus modificatorias;
La Ordenanza Impositiva 1095/17;
La Ley Orgánica de las Municipalidades;
El Código Civil y Comercial de la Nación; y
Considerando
Que el contribuyente se presenta mediante nota de fecha 24 de junio de 2019, solicitando el reintegro del importe abonado en más en concepto de licencia de conducir.
Que, el Sr. Gigena fundamenta su pedido en que se le liquidó el derecho correspondiente a renovación de licencia de conducir por 5 años y, siendo que el oftalmólogo le diagnosticó visión monocular, correspondería la renovación anual.
Que, adjunta a su solicitud comprobante de liquidación por la suma de pesos un mil diecinueve con 20/100 centavos ($ 1019,20.-), y del depósito en la cuenta corriente Nº 001/010265/2 del Banco Provincia de Buenos Aires, Sucursal Rauch, perteneciente al Municipio, efectuado en fecha 3 de junio de 2019 por igual suma.
Que así, es necesario proceder a analizar si corresponde la devolución solicitada.
Que, la Ordenanza Impositiva para el año 2019 prevé, en el artículo 21, ap. 3, inc. o), los importes a abonar en concepto de derechos de oficina por trámite de original de licencia de conducir, renovación, duplicado y ampliación de categoría.
Que, para el caso de renovación de original por 5 años, se establece el importe de pesos mil diecinueve con 20/100 ($ 1019,20.-), y por expedición de original por un año, el de pesos doscientos treinta y cuatro con 50/100 ($ 234,50).
Que, la Subdirección de Inspección General informó que al solicitante se le otorgó licencia de conducir por un año debido a que tiene visión monocular.
Que por tanto, correspondía abonar por dicho trámite el importe de pesos doscientos treinta y cuatro con 50/100 ( $ 234,50).
Que sin perjuicio de ello, del comprobante de pago adjunto surge que el Sr. Gigena abonó la suma de pesos un mil diecinueve con 20/100 centavos ($ 1019,20.-)
Que, en función de lo expuesto, y de acuerdo a las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación, la suma abonada por el contribuyente en concepto de licencia de conducir original por el término de 5 años constituye un pago indebido, por lo que corresponde reintegrar al contribuyente el importe abonado en exceso.
Que, en ese sentido el importe a reintegrar es de pesos setecientos ochenta y cuatro con 70/100 ($784,70).
Que, éste surge de la diferencia resultante de los cánones fijados en la ordenanza antes citada por derechos de oficina para trámites de original de licencia de conducir por 5 años y por un año.
Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Rauch, en uso de las facultades que le son propias:
D E C R E T A.-
Artículo 1ro.- Autorízase a la Tesorería Municipal, previa intervención de la Oficina de Contaduría, a reintegrar al Sr. Luciano César Gigena, D.N.I. Nº 32.815.023, la suma de pesos setecientos ochenta y cuatro con 70/100 centavos($784,70), en un todo de acuerdo a los vistos y considerandos detallados.-
Artículo 2do.- La suma reintegrada deberá ser imputada presupuestariamente de la siguiente manera: Jurisdicción: 1110115000; Unidad Ejecutora: 63 Secretario de Planificación, Gobierno y Hacienda; Recurso 1221200 - derecho de oficina.-
Artículo 3ro.- El presente decreto será refrendado por el Jefe de Gabinete y el Secretario de Planificación, Gobierno y Hacienda.-
Artículo 4to.- Cúmplase, comuníquese, tomen conocimiento las Oficinas Municipales que corresponda y dése al Libro Decretos.-
Fdo. Dr. Gustavo Javier Palazzo - Jefe de Gabinete.
Fdo. Cr. Victoriano Cano Kelly - Secretario de Planificación, Gobierno y Hacienda.
Fdo. Cr. Roberto Maximiliano Suescun – Intendente.