Boletines/General Pueyrredon
Decreto Nº 2607/19
General Pueyrredon, 19/10/0016
Visto
el Proyecto “Construyendo Juntos Puentes de Amor”, y;
Considerando
Que el citado Proyecto es llevado adelante por la organización sin fines de lucro “Despertar por el Arte”, y tiene como premisa principal generar mecanismos de donaciones a cambio de eventos, con la consigna de ayudar y brindar contención, alimentación, recreación y educación, utilizando para ello distintas herramientas (aprendizaje – servicio).
Que la presentación del mismo tendrá lugar el día 19 de noviembre del corriente año, en instalaciones del Teatro Corrientes de nuestra ciudad, sito en la calle Corrientes Nº 1760.
Que esta propuesta agrupará a artistas locales y de la región, en sus diferentes ramas: música, teatro, pintura, escritura, danzas; como la cantante Sra. Carina Niglia, quien asimismo fue designada “Madrina” del evento.
Que “Construyendo Juntos Puentes de Amor” colaborará con el “Merendero Hormiguitas”, “Comedor Mis Pancitas”, “Hogar de Abuelos Eva Perón”, “Biblioteca Infantil Félix U. Camet”, “Merendero Masitas y Chocolate”, Taller de Elementos Ortopédicos.
Que se contará con la conducción del reconocido locutor marplatense Sr. Juan Carlos Cuffré, y con la colaboración de la citada Sra. Coniglio, Directora de “Despertar por el Arte”.
Que este Proyecto ha sido declarado de Interés Cultural del Partido de General Pueyrredon por la Secretaria de Cultura mediante Resolución Nº 2568/19.
Que teniendo en cuenta que se trata de un acontecimiento cultural cuyo objetivo es la ayuda social y la contención de distintos beneficiarios, este Departamento Ejecutivo declara de Interés Municipal el Proyecto de marras.
Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1º.- Declárase de Interés Municipal la realización del PROYECTO “CONSTRUYENDO JUNTOS PUENTES DE AMOR” que, organizado por la Asociación sin fines de lucro –Despertar por el Arte- se desarrollará el día 19 de noviembre de 2019, en instalaciones del Teatro Corrientes de esta ciudad.
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Cultura.
Artículo 3º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, comuníquese y a los efectos pertinentes intervenga la Dirección de Administración y dependencias pertinentes.
Wgr
RABE ARROYO