Boletines/General Pueyrredon
Ordenanza Nº 24362
General Pueyrredon, 24/10/2019
ORDENANZA
Expediente D.E.: 13046-2-2013
Expediente H.C.D.: 1431-U-19
Nº de registro: O-18668
Fecha de sanción: 10/10/2019
Fecha de promulgación: 24/10/2019
Decreto de promulgación: 2720-19
ORDENANZA Nº 24362
Artículo 1º.- Modifícanse los artículos 2º, 8º y 10º de la Ordenanza nº 21481 -Programa de Apoyo al Deporte- los que quedarán redactados de la siguiente forma:
“Artículo 2º.- Podrán ser beneficiarios del “Programa de Apoyo al Deporte”, todos los clubes deportivos y/o entidades deportivas con asiento en el Partido de General Pueyrredon, inscriptos en el Registro Municipal de Entidades Deportivas Recreativas - Ordenanza nº 5430, que acrediten encontrarse en condiciones de vigencia en el mismo y que realicen al menos una actividad federada o amateur o que fomenten activamente el deporte en el Partido de General Pueyrredon.”
“Artículo 8º.- A partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, las entidades deportivas beneficiarias del presente Programa quedarán exentas del pago de las siguientes tasas y derechos municipales:
“Artículo 10º.- Condónanse las deudas que en concepto de tasas municipales indicadas en el artículo 8º mantengan los inmuebles propiedad de los clubes y/o entidades deportivas comprendidas en el presente programa.”
Artículo 2º.- Incorpórase el artículo 16º a la Ordenanza nº 21481 -Programa de Apoyo al Deporte-, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 16º.- Autorízase a la Secretaría de Obras y Planeamiento Urbano, a través de la Dirección General de Obras Privadas, a regularizar los casos incluidos en el “Programa de Apoyo al Deporte”, eximiendo del labrado de actuaciones contravencionales a las construcciones existentes sin permiso con la condición prescripta en el artículo 8º, dando ello lugar a la Visación y/o Aprobación de la documentación de obra encuadrada en la presente Ordenanza.”
Artículo 3º.- Abrógase la Ordenanza n° 21963.
Artículo 4º.- Comuníquese, etc.-
Tonto Sáenz Saralegui
López Silva Osorio De Paz Arroyo