Boletines/General Pueyrredon

Resolución Nº3119/19

Resolución Nº 3119/19

General Pueyrredon, 30/10/2019

Visto

las presentes actuaciones, y

Considerando

Que mediante las mismas la Secretaría de Educación a los fines del mantenimiento de servicios esenciales para la población, solicita el reconocimiento de los servicios prestados por la agente Brenda Betiana Gallo, en el Jardín de Infantes Nº 16, como así también la rectificación de un acto administrativo.

 

Por ello, en uso de las facultades delegadas mediante Decretos Nº 1500/16 y 1124/18,

EL SECRETARIO DE EDUCACIÓN

R  E  S  U  E  L  V  E

ARTÍCULO 1º.- Reconocer los servicios prestados por la agente BRENDA BETIANA GALLO (Legajo Nº 29.557/58 – CUIL 27-29101337-1) como PRECEPTOR ENSEÑANZA INICIAL (C.F. 9-20-99-01) Nº de Orden R- 4403, a partir del 21 y hasta el 30 de octubre de 2019, en reemplazo de la agente Carina Beatriz Cuelli (Legajo Nº 26.616), en el Jardín de Infantes Nº 16 (U.E. 08-00-0-2-1-16), siendo el cargo sin aporte Estatal.

 

ARTICULO 2º.- Rectificar el Artículo 1º de la Resolución Nº 2264/19, dejando expresamente establecido que la prorroga de designación de la agente ESTEFANIA ROVERA (Legajo Nº 30.649/56) como PROFESOR ESCUELA SECUNDARIA, es con aporte Estatal y no como se consignara en dicho acto administrativo.

 

ARTÍCULO 3º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º, durante el período que allí se indica, de la BONIFICACIÓN POR ENSEÑANZA INICIAL de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.

 

ARTÍCULO 4º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º, durante el período que allí se indica, de la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que percibe, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.

 

ARTÍCULO 5º.-  El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000  -  UER 10  -  F.Fin. 1-1-0  -  Fin./Fun. 3-4-2  -  Programático 24-00-00  -  Inc. 1  - P.P. 2  - P.p. 1  -  P.Sp. 4. – para el Art. 3º: P.P. 2  - P.p. 2  -  P.Sp. 1 – Ap. 1 - para el Art. 4º: P.P. 2  - P.p. 2  -  P.Sp. 1 – Ap. 2.

 

ARTÍCULO 6º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Personal.

l.G

                                                                                  DISTEFANO