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Resolución Nº3088/19

Resolución Nº 3088/19

General Pueyrredon, 30/10/2019

Visto

el expediente 11076/1/2019, cpo.01, con relacionado con el pedido de autorización por parte de la Empresa AMX ARGENTINA S.A. (CLARO), para la ejecución de trabajos en la vía pública en distintas calles de la ciudad, y

Considerando

Que el Departamento Control Obras de Gas y Electromecánicas a fs. 28, recomienda conceder permiso a la Empresa AMX ARGENTINA S.A. (CLARO) para llevar a cabo los trabajos detallados en los planos de fs. 15 y 16, del presente expediente.

                                           

Que de acuerdo a la Ordenanza Impositiva vigente, Cap. IX, Art. 35º, inc. i), la Empresa ha dado cumplimiento al pago del derecho de instalación inicial según Recibo Nº 9800-09127035 de fs. 31, y al Depósito de Garantía según Recibo Nº 10.243 obrante a fs. 29.

                        

Que se establece el uso obligatorio de cartel de obra y vallas.

 

Por ello, y en uso de las atribuciones delegadas por el Decreto Nº 1500/16,

 

       EL SECRETARIO DE OBRAS Y PLANEAMIENTO URBANO

                                                                          

 

R  E  S  U  E  L  V  E

 

 

ARTÍCULO 1º. - Conceder permiso a la Empresa AMX DE ARGENTINA S.A. (CLARO), de conformidad con lo establecido en la Ordenanza Nº 886 y Decreto Nº 1452/87, para llevar a cabo los trabajos consistentes en la colocación de 1759 (un mil setecientos cincuenta y nueve) postes de madera y tendido de fibra óptica con colocación de cajas troncal, derivación, distribución y acceso en las calles que a continuación se detallan:

 

 

  • Bahía Thetis (mano impar) entre Los Tehuelches y Los Guaraníes
  • Belearde (mano par) entre Namuncurá y Calle 36 bis
  • Benito Lynch (mano impar) entre Bustamante y Racedo
  • Calle 36 bis (mano impar) entre Isla de Cardena y Velez Sarsfield
  • Calle 36 bis (mano par) entre Calle 397 (Los Chañares) y Isla de Cardena
  • Calle 405 (mano impar) entre Medrano y Santa María de Oro
  • Calle 405 (mano par) entre Santa María de Oro y Jewet
  • Calle 407 (mano par) entre C. Rodríguez y Santa María de Oro
  • Calle 409 (mano par) entre Estados Unidos de Norteamérica y Serrano
  • Calle 413 (mano impar) entre Serrano y Corbeta Uruguay
  • Calle 415 (mano impar) entre Calle 36 bis y C. Rodríguez
  • Calle 415 (mano par) entre C. Rodríguez y Calle 22
  • Calle 421 (mano par) entre Calle 36 bis y Santa María de Oro
  • Calle 423 (mano impar) entre Calle sin nombre (Calle 36) y Jewet
  • Calle 68 (mano impar) entre La Cigüeña y El Gorrión
  • Calle 68 (mano par) entre Los Chañares y La Cigüeña
  • Corbeta Uruguay (mano par) entre Calle 409 y Estados Unidos de Norteamérica
  • Corbeta Uruguay (mano par) entre Calle 423 y Calle 411
  • Darragueira (mano par) entre Calle 397 (Los Chañares) y Mario Bravo
  • De Oneglia (mano impar) entre Thames y Corbeta Uruguay
  • Del Bosque (mano impar) entre Yanquetruz y Submarino Santa Fe
  • Don Arturo Peralta Ramos (mano par) entre Los Chañares y Robles
  • El Mixto (mano par) entre La Perdiz y Calle 70
  • Enos (mano impar) entre Pacheco de Melo y C. Rodríguez
  • Enos (mano impar) entre Alamo y Thames
  • Enos (mano par) entre Calle 36 bis y Pacheco de Melo
  • Enos (mano par) entre C. Rodríguez y Alamo
  • Enos (mano par) entre Thames y Corbeta Uruguay
  • Estados Unidos de Norteamérica (mano par) entre Pacheco de Melo y Calle 409
  • Evaristo Carriego (mano impar) entre Malabia y Bustamante
  • General Mosconi (mano impar) entre El Pirincho y El Tero
  • Hortensias (mano impar) entre Los Talas y Los Pinos
  • La Perdíz (mano impar) entre El Tero y El Chingolo
  • La Torcacita (mano par) entre General Mosconi y Calle 68
  • Las Margaritas (mano impar) entre Lucio Mansilla y Los Puelches
  • Las Rosas (mano par) entre Los Jacintos y El Gaviotín
  • Los Aztecas (mano impar) entre Moctezuma y Nuevo Bosque
  • Los Chañares - Calle 397 (mano impar) entre Calle 68 y Don Arturo Peralta Ramos
  • Los Chañares - Calle 397 (mano impar) entre Racedo y Jewet
  • Los Chañares - Calle 397 (mano par) entre Velez Sarsfield y Racedo
  • Los Puelches (mano impar) entre Las Margaritas y Moctezuma
  • Los Talas (mano impar) entre Calle 68 y Las Rosas
  • Los Talas (mano impar) entre Submarino Santa Fe y Hortensias
  • Lucio Mansilla (mano impar) entre Estados Unidos de Norteamérica y Sin Nombre
  • Moctezuma - Calle 50 (mano impar) entre Calle 397 (Los Chañares) y Lituania
  • Moctezuma - Calle 50 (mano impar) entre Los Puelches y Comechingones
  • Moctezuma - Calle 50 (mano par) entre Nuevo Bosque y Calle 397 (Los Chañares)
  • Namuncurá (mano impar) entre Los Guaraníes y Charruas
  • Namuncurá (mano impar) entre Calle 415 y Bahía Thetis
  • Namuncurá (mano impar) entre Calle 421 y Los Comechingones
  • Nuevo Bosque (mano impar) entre Charruas y Pincen
  • Nuevo Bosque (mano par) entre Los Aztecas y Calle 50
  • Pincen (mano impar) entre Nuevo Bosque y Calle 397 (Los Chañares)
  • Racedo (mano impar) entre Calle 397 (Los Chañares) y Navarra
  • Racedo (mano par) entre Navarra y Guernica
  • Robles (mano impar) entre Las Rosas y Don Arturo Peralta Ramos
  • Saenz (mano impar) entre De Oneglia y Isla de Cardena
  • Saenz (mano par) entre Isla de Cardena y García Lorca
  • Saenz (mano par) entre Calle 397 (Los Chañares) y De Oneglia
  • Santa María de Oro (mano impar) entre Isla de Cardena y Mario Bravo
  • Santa María de Oro (mano impar) entre Castilla y León y De Oneglia
  • Santa María de Oro (mano par) entre Mario Bravo y Av. Martínez de Hoz
  • Santa María de Oro (mano par) entre De Oneglia y Isla de Cardena
  • Thames - Calle 22 (mano impar) entre Calle 397 (Los Chañares) y De Oneglia
  • Thames - Calle 22 (mano impar) entre Calle 415 y Calle 411
  • Yanquetruz (mano impar) entre María Gertrudis y Los Chañares
  • Yanquetruz (mano impar) entre Los Huerpes y Los Guaraníes
  • Yanquetruz (mano par) entre Los Chañares y Del Bosque
  • Yanquetruz (mano par) entre Los Guaraníes y María Gertrudis
  • Los Chañares - Calle 397 (mano impar) entre Atahualpa y Alamo
  • Los Chañares - Calle 397 (mano impar) entre Saenz y Santa María de Oro
  • Los Chañares - Calle 397 (mano par) entre Don Arturo Peralta Ramos y Atahualpa
  • Los Chañares - Calle 397 (mano par) entre Alamo y Saenz
  • Pacheco de Melo (mano par) entre Calle 397 (Los Chañares) y Isla de Cardena
  • Santa María de Oro (mano par) entre Calle 405 y Castilla y León
  • Calle 36 bis (mano par) entre Calle 423 y Belearde
  • Calle 411 (mano impar) entre Calle 36 bis y C. Rodríguez
  • Calle 70 (mano par) entre El Chingolo y La Torcacita
  • Corbeta Uruguay (mano impar) entre Enos y Isla de Cardena
  • Calle 68 (mano impar) entre La Torcacita y El Hornero
  • General Mosconi (mano impar) entre El Gorrión y Mario Bravo
  • Santa María de Oro (mano impar) entre Calle 421 y Calle 405

 

de acuerdo a los planos de fs. 15 y 16 inclusive del presente expediente.

 

ARTÍCULO 2º. - La mencionada Empresa para la ejecución de dichos trabajos deberá ajustarse a los siguientes recaudos:

  1. Normas Generales: Todas las tareas que se realicen en la vía pública, respetarán las medidas de seguridad estipuladas en el  Decreto Nº 911/96 del Poder Ejecutivo Nacional “Reglamento de Higiene y Seguridad para la Industria de la Construcción”. Deberán señalizarse, vallarse o cercarse las áreas de trabajo para evitar que se vea afectada la seguridad de peatones, vehículos y de los trabajadores.
  2. Señalización: Será de aplicación la Ordenanza Nº 8610 - “Reglamento de señalamiento para desvío y/o advertencia de obras en la vía pública” - y  su modificatoria la Ordenanza Nº 12.278. Complementariamente, la Empresa recurrente cumplirá con las siguientes condiciones:

b1) El responsable de los trabajos indicará los sitios a señalar y las características de la señalización a colocar, según las particularidades de la obra. Estos sistemas de señalización (carteles, vallas, balizas, cadenas, sirenas, tarjetas,    etc.) se mantendrán, modificarán y adecuarán según la evolución de los trabajos y sus riesgos emergentes.

b2) Las señales visuales serán confeccionadas en forma tal que sean fácilmente visibles a distancia y en las  condiciones que se pretenden sean observadas. Se utilizarán leyendas en idioma español, pictogramas, que no ofrezcan  dudas en su interpretación y usando colores contrastantes con el fondo.

  1. Ocupación de veredas y calzadas: Cuando se trabaje en las veredas y calzadas, la tierra y escombros extraídos durante el zanjeo y excavaciones    serán depositados en cajones de madera o metal desarmables y con juntas eficiente                                                                                                                           s del largo que se estime conveniente y de un ancho no mayor de un (1) metro. Podrán utilizarse contenedores o bolsas debiendo cumplir con las condiciones de garantizar la circulación de vehículos y/o peatones en el lugar donde se emplacen, procediendo a señalizarlos convenientemente. En veredas se dejarán circulaciones o pasos libres de (1) un metro de ancho contados a partir de la línea municipal,    señalizándose con carteles adecuados y colocando una protección (baranda, cerco, etc.), además se dejará libre   un (1) metro por cada cinco (5) metros ocupados a los fines de facilitar la circulación de peatones. En las esquinas, cuando se practiquen pozos de ataque para efectuar cruces mediante el uso de tunelera, los mismos deberán estar protegidos mediante un cerco perimetral, debiendo contar con la señalización correspondiente. En todos los casos se garantizará el libre escurrimiento superficial de las aguas de lluvia.
  2. Zanjas abiertas: Las zanjas efectuadas no podrán permanecer más de 24 horas abiertas, en caso que razones de fuerza mayor, debidamente justificadas, no permitan su tapado dentro de la jornada diaria laboral, deberán ser cubiertas con tapas ciegas, de resistencia suficiente, para permitir el paso de peatones y vehículos y aseguradas para que no puedan ser removidas por agentes extraños o fenómenos atmosféricos.
  3. Señalamiento Nocturno: Durante la noche deberán colocarse señales reglamentarias que indiquen la realización de los trabajos y el peligro  por medio de carteles y balizas con luces rojas de atención e iluminación    de los carteles.
  4. Reparación de veredas: La reparación de las veredas se efectuará, previo compactado mecánico del terreno en capas de 0,20 m, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de concluido el cierre de las zanjas. Se reconstruirá un contrapiso de hormigón de 300 kg/m3 de cemento y 0,10 m de espesor y sobre éste un solado de similares características al existente.

 

ARTÍCULO 3º. - Otórgase un plazo de ciento veinte (120) días para la terminación total de los trabajos, dejándose establecido que, previo al labrado del Acta de Inicio de Obra y a la iniciación de los trabajos, la Empresa AMX DE ARGENTINA S.A. (CLARO), deberá designar por nota un Representante Técnico indicando un teléfono para tener comunicación con él mismo las veinticuatro (24) horas.

 

ARTÍCULO 4º.- La Empresa deberá dar cumplimiento a la Resolución Nº 742/13, la cuál establece el uso obligatorio del cartel de obra y vallas, con las características indicadas en Anexos I y II de la misma.

 

ARTÍCULO 5º. - Dejar expresamente aclarado que la autorización otorgada por la presente, está condicionada al compromiso de la Empresa de efectuar el retiro o traslado de las instalaciones cuando las mismas afecten o restrinjan los derechos  de los propietarios frente a cuyos inmuebles se ejecuten las obras o en circunstancias en que así lo exija la Municipalidad, con motivo de trabajos y obras públicas que colisionen con las instalaciones de referencia.

 

ARTÍCULO  6º. - Fijar en trescientos sesenta (360) días la vigencia de la presente autorización. Si vencido el plazo no se han dado comienzo a los trabajos, la misma caducará automá­ticamente.

 

ARTÍCULO 7º. – Regístrese, dése al Boletín Municipal y notifí­quese del presente por intermedio del Departamento Control Obras de Gas y Electromecánicas a la Empresa.

GDP/ndd.

                                                           DE PAZ