Boletines/General Pueyrredon
Decreto Nº 2537/19
General Pueyrredon, 07/10/2019
Visto
el expediente N.º 6886-3-2018 Cuerpo 01, mediante el cual se tramitan las actuaciones vinculadas con la afectación del canon correspondiente a la temporada 2017/2018 de la actual concesión de la Unidad Turística Fiscal denominada Playa Varese y Cabo Corrientes, como subsidio a favor de la ASOCIACION COOPERADORA DEL HOSPITAL MAR DEL PLATA; y
Considerando
Que con fecha 14 de diciembre de 2011 fue promulgada la Ordenanza Nº 20649, que dispone la afectación del 20% del canon percibido por la Municipalidad de General Pueyrredon por el uso y explotación de las Unidades Turísticas Fiscales Playa Varese y Cabo Corrientes, correspondiente a las temporadas comprendidas entre el año 2012 y el final de la actual concesión como subsidio a favor de la Asociación Cooperadora del Hospital Mar del Plata.
Que la Cooperadora de los Hospitales de Mar del Plata, ha solicitado oportunamente el pago del subsidio anual por la temporada mencionada.
Que se establece el importe del canon para la temporada 2017/2018 cuyo vencimiento operó el 31 de enero de 2018 de la Unidad Turística Fiscal Playa Varese y Cabo Corrientes, de acuerdo con la Resolución de la señora Presidente del Ente Municipal de Turismo Nº 37/2018 de Pesos Quinientos Nueve Mil Cuatrocientos Veinticinco ($ 509.425.-), habiéndose efectuado el cobro de dicho importe según recibo de la Tesorería Municipal Nº 0000-23993277.
Que consultada la Dirección de Cooperación Internacional y Relaciones con las ONG’s, adjunta copia del Certificado de Vigencia y nómina de autoridades vigentes de la entidad.
Que de acuerdo con la Ordenanza Nº 20649 corresponde otorgar en calidad de subsidio anual el 20% del canon percibido por la Municipalidad por la Unidad Turística Fiscal Playa Varese y Cabo Corrientes, resultando un importe de Pesos Ciento Un Mil Ochocientos Ochenta y Cinco ($ 101.885.-).
Que el Departamento Rendición de Cuentas de la Contaduría General informa la rendición de cuentas correspondiente a la última temporada abonada.
Que la Contaduría General ha procedido a imputar y contabilizar el importe precedente.
Por todo ello y en uso de las facultades que le son propias.
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
D E C R E T A
ARTICULO 1º.- Autorizase el pago de la suma de Pesos Ciento Un Mil Ochocientos Ochenta y Cinco ($ 101.885.-) en concepto de subsidio a la Asociación Cooperadora del Hospital Mar del Plata, por los fundamentos expuestos en el exordio del presente.
ARTÍCULO 2º.- Los fondos asignados en el artículo precedente deberán rendirse en la forma y oportunidad que dispone el Decreto 652/82.
ARTÍCULO 3º.- El egreso que demande lo dispuesto en el artículo 1º deberá imputarse a:
Jurisdicción |
Programático |
U.E. |
Fuente Fin. |
Partida |
Monto |
1110105000 |
01.01.00 |
5 |
131 |
5.1.7.0 |
$ 101.885.- |
ARTICULO 4º.- El cobro de los fondos mencionados deberá realizarlo el presidente de la entidad o quien se autorice a través de los instrumentos correspondientes.
ARTICULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Vicepresidente a cargo de la Presidencia del E.M.T.U.R. y el señor Secretario de Economía y Hacienda.
ARTICULO 6º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y a sus efectos intervenga la Contaduría General y la Dirección de Unidades Turísticas Fiscales.
ZANIER OSORIO ARROYO