Boletines/Adolfo Gonzales Chaves
Decreto Nº 1178/2019
Adolfo Gonzales Chaves, 20/09/2019
Visto
El Expediente 4055-20-2019, Cuerpo III, Ref. Programa de Fortalecimiento Familiar Ley 13.163;
Lo determinado por la mencionada Ley en cuanto al Fondo de Fortalecimiento de Programa Sociales; y
Considerando
La solicitudes de pago realizada a fojas 427/428;
Lo informado por Contaduría Municipal a fojas 430;
Por ello;
el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias
D E C R E T A:
ARTICULO 1º.-Otórgase a los beneficiarios del Programa de Fortalecimiento Familiar detallados seguidamente, la suma estipulada para cada uno de ellos y por el período que se indica:
Pesos Ocho Mil ($8.000.-) mensuales, por los meses de Agosto y Septiembre de 2019:
FREIDIAZ CARLOS DNI Nº 21.636.990
BAZAN PABLO DNI Nº 39.871.388
Pesos Veinte Mil ($20.000.-) mensuales, por el mes de Agosto de 2019:
CORDOBA DAVID DNI Nº 29.859.595
ARTICULO 2º.- Establécese que por los meses de Agosto y Septiembre de 2019, el pago de la ayuda económica otorgada por Decreto 1108 /2019, a los siguientes beneficiarios del Programa de Fortalecimiento Familiar será de Pesos OCHO MIL ($8.000.-) mensuales:
ECHEVER ARIEL DNI Nº 30.665.214
DE FRANCESCO NICOLAS DNI Nº 34.417.055
MOLINA MICAELA YANEL DNI Nº 38.958.845
CARRILAO MARIA SOLEDAD DNI Nº 36.764.824
ARTICULO 3º.- El gasto mencionado precedentemente, se imputará con cargo a la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:
Jurisdiccion 1110133000 Secretaria de Salud y Accion Social
Programa 37.10.00: Fondo de Fortalecimiento de Programas Sociales Ley 13.163
Fuente de Financiamiento 132: de Origen Provincial
5.0.0.0 Transferencias
5.1.0.0 Transferencias al sector privado para financiar gastos corrientes
5.1.3.0 Becas
ARTICULO 4º.- Tomen razón Contaduría, Tesorería y Dirección de Acción Social.-
ARTICULO 5º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-